El IRS aplicará sanciones automáticas a quienes no paguen sus impuestos tras el primer aviso

Ignorar la primera factura del Servicio de Impuestos Internos puede salir caro: la agencia activará embargos sin necesidad de notificación adicional.

Desde ahora, no contestar a tiempo los avisos del Servicio de Impuestos Internos (IRS) puede tener consecuencias inmediatas y bastante graves. Así lo ha comunicado la propia agencia, que ha detallado que los contribuyentes que no paguen sus impuestos después del primer aviso recibirán sanciones automáticas, sin que medie un nuevo proceso de advertencia. Entre las penalizaciones más severas se encuentra el gravamen fiscal federal, una figura legal que puede afectar salarios, cuentas bancarias, propiedades y hasta vehículos del deudor.

¿Qué es un gravamen y cuándo se activa?

El IRS establece que el gravamen se impone de forma automática una vez vencido el plazo del primer aviso de deuda sin que se haya realizado el pago correspondiente. En la práctica, esto significa que la Administración puede reclamar legalmente cualquier bien presente o futuro del contribuyente, ya sea inmueble, ingresos o activos financieros.

En ese contexto, la agencia recaudadora ha subrayado la importancia de responder de inmediato a cualquier aviso de cobro. De lo contrario, no solo se aplicará el gravamen, sino que también podrá llevarse a cabo un embargo, es decir, la incautación efectiva de bienes con el fin de saldar la deuda tributaria.

El aviso no incluye el total adeudado

Uno de los puntos que más confusión genera entre los afectados es que el aviso de gravamen no muestra el monto total a pagar. Tal como detalla el IRS, ese documento únicamente refleja el saldo tasado hasta la fecha en la que se emite. Por tanto, no incluye ni las tarifas por presentación del gravamen ni los cargos por su posterior liberación. Para conocer la cifra exacta, el contribuyente debe comunicarse con el número indicado en el aviso.

¿Cuándo puede el IRS retirar un gravamen fiscal?

Aunque el proceso es riguroso, el IRS contempla ciertas condiciones bajo las cuales puede liberar al contribuyente de esta penalización. La liberación del gravamen se formaliza a través de un “Certificado de Liberación del Gravamen por el Impuesto Federal”, y puede emitirse en los siguientes casos:

  • La deuda ha sido pagada en su totalidad.
  • La deuda está garantizada por una fianza aceptada por el IRS.
  • El contribuyente ha cumplido con los términos de un acuerdo aceptado por la agencia.
  • El periodo legal de cobro ha finalizado, por lo que la liberación ocurre automáticamente.

Así, la recomendación del IRS es clara: reaccionar rápido ante cualquier aviso de deuda, ya que las consecuencias de no hacerlo pueden derivar en la pérdida parcial o total del patrimonio. Y en esta ocasión, el margen de maniobra será mucho más reducido. ¿Has recibido recientemente una notificación del IRS? Entonces es momento de actuar.

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