La Seguridad Social explica cuáles son las 4 ayudas que se pueden cobrar juntas al tener un hijo y que muchas familias desconocen

Un funcionario del INSS aclara las prestaciones que se pueden cobrar a la vez en nacimientos, adopciones o acogimientos y cómo encajan entre sí.

Tener un hijo es una alegría, pero también un esfuerzo económico. Lo que muchas familias no saben es que la Seguridad Social reconoce hasta cuatro ayudas compatibles tras un nacimiento, adopción o acogimiento. Según Alfonso Muñoz Cuenca, funcionario del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), muchas familias solo piden la antigua baja de maternidad o paternidad y pierden otras opciones.
“Hay padres y madres que dejan de cobrar estas ayudas simplemente por no informarse. Y todas son compatibles entre sí”, afirma.

Prestación por nacimiento y cuidado del menor: semanas, ampliaciones y compatibilidades

La más conocida es la prestación por nacimiento y cuidado del menor: 19 semanas por progenitor, ampliables en supuestos concretos. ¿Sabías que puede crecer en determinados casos?

  • En partos múltiples: una semana adicional por cada hijo a partir del segundo.
  • Si el bebé nace con discapacidad: una semana más por progenitor.
  • En caso de hospitalización del menor: hasta 13 semanas extra.

Esta prestación es compatible con las otras ayudas que detallamos a continuación.

Pago único por nacimiento múltiple y ayudas para familias numerosas o similares

El pago único por nacimiento múltiple se concede cuando llegan dos o más hijos en un mismo parto. El importe depende del número de bebés: dos hijos, 4 veces el SMI (en 2025, unos 4.736 €); tres hijos, 8 veces el SMI; cuatro o más, 12 veces el SMI. Se suma al permiso anterior.

Además, existe un pago único de 1.000 euros para familias que pasen a ser familia numerosa, monoparental o cuando un progenitor tenga una discapacidad igual o superior al 65%. Se requiere residir legalmente en España y no superar ciertos límites de ingresos. ¿Encajas en alguno de estos supuestos?

Complemento de ayuda a la infancia del IMV: importes mensuales por edades

El cuarto apoyo es el complemento de ayuda a la infancia, ligado al Ingreso Mínimo Vital. Se reconoce por cada hijo menor, según su edad a 1 de enero, y no exige estar cobrando el IMV base, aunque sí cumplir sus criterios económicos.

Estos son los importes mensuales indicados:

Edad del menor (a 1 de enero)Importe mensual
Menores de 3 años115 €
De 3 a 6 años80,50 €
De 6 a 18 años57,50 €

Por tanto, puede combinarse con las demás prestaciones si se cumplen los requisitos económicos del IMV.

Cómo y dónde solicitar estas prestaciones de la Seguridad Social en España

Las cuatro ayudas provienen de la Seguridad Social y se dirigen a quienes acaban de tener, adoptar o acoger. Se tramitan ante la propia Seguridad Social, y en el caso del complemento infantil, en el marco del IMV. No está de más echar un vistazo a cada opción para no dejar dinero encima de la mesa.

Además, Muñoz recuerda que existen otras vías como la deducción por maternidad del IRPF (Agencia Tributaria), ayudas autonómicas, municipales o de diputaciones, y apoyos específicos para familias vulnerables, víctimas de violencia de género o jóvenes. En consecuencia, conviene revisar las compatibilidades y valorar todas las alternativas disponibles.

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