La Agencia Tributaria refuerza el control sobre los envíos de dinero entre parientes: si superan los 3.000 €, el banco lo comunica; a partir de 6.000 €, la operación puede considerarse donación encubierta y acarrear sanciones de hasta el 150 %.
La campaña de vigilancia fiscal se endurece. Quien transfiera cantidades elevadas a hijos, padres o hermanos deberá justificar el origen y el destino del dinero o asumir fuertes penalizaciones. ¿Estás pensando en ayudar económicamente a un familiar? Conviene saber, antes de pulsar “Enviar”, qué mira Hacienda y cómo evitar un disgusto.
Por qué Hacienda exige justificar los envíos de dinero entre parientes desde 3.001 euros exactamente
El objetivo oficial es frenar las donaciones no declaradas y, con ello, el fraude fiscal. Desde enero de 2024, las entidades financieras notifican de forma automática todas las transferencias que superan los 3.000 €. Ese simple aviso puede derivar en un requerimiento: la Agencia Tributaria pedirá explicaciones para verificar que no existe una donación encubierta.
Si el importe rebasa los 6.000 €, el riesgo de inspección crece porque el fisco presume que se trata, de facto, de una donación sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), cuya cuota varía según el parentesco y la comunidad autónoma. El susto puede salir caro”, alertan los asesores fiscales. Y no es una frase hecha: las sanciones arrancan en el 50 % y pueden llegar al 150 % de la cantidad no declarada, más intereses de demora.
Las claves del procedimiento para declarar transferencias familiares y evitar sanciones graves de Hacienda
Primero, conviene diferenciar transferencia bancaria de donación: la transferencia es solo el medio de pago; la donación se produce cuando no existe contraprestación. Para curarse en salud, la recomendación es redactar un contrato privado de donación, firmado por ambas partes, y liquidar el ISD, aunque la cuota resulte nula en algunas regiones por bonificaciones autonómicas. El trámite puede realizarse:
- Presencialmente en la delegación de Hacienda autonómica presentando el modelo 651 de autoliquidación.
- En línea, mediante certificado digital o [Cl@ve], adjuntando el contrato, justificante bancario y DNI de donante y donatario.
Una vez presentado, Hacienda dispone de cuatro años para revisar la operación.
Documentación necesaria, plazos y consejos para demostrar el origen del dinero al enviar grandes sumas
Antes de mover fondos, prepara y conserva estos papeles:
- Contrato de donación indicando importe, fecha y datos de ambos firmantes.
- Resguardo de la transferencia donde conste el concepto.
- Justificante del ISD presentado —o exención aplicada— dentro de los 30 días hábiles siguientes al ingreso.
- Pruebas que acrediten el origen lícito del dinero (nóminas, ahorro, venta de inmueble…).
¿Te parece un exceso de burocracia? Quizá, pero más pesado resulta un expediente sancionador con recargos. A modo de resumen, esta tabla clarifica los umbrales clave:
Importe de la transferencia | Comunicación automática del banco | Posible actuación de Hacienda |
---|---|---|
Hasta 3.000 € | No | Rara vez |
3.001 € – 6.000 € | Sí | Requerimiento de justificación |
Más de 6.000 € | Sí | Investigación y liquidación ISD |
Como ves, la línea roja real está en los 3.001 €; a partir de ahí todo depende de tu capacidad para acreditar la operación.
Multas y tipos impositivos
¿Cuánto puedes llegar a pagar si no justificas la operación ante la Agencia Tributaria? El abanico de sanciones se abre así:
- Infracción leve (ocultar hasta 3.000 € de cuota): 50 % – 100 % de recargo.
- Infracción grave (más de 3.000 €): 100 % – 150 %.
- Intereses de demora calculados desde la fecha de vencimiento de la autoliquidación.
Por ejemplo, una transferencia de 10.000 € no declarada donde el ISD resultase en 1.200 € podría generar una multa de entre 600 € y 1.800 €, más intereses. ¿Compensa el riesgo? Probablemente no. A continuación se muestra una lista rápida de buenas prácticas para transferir dinero sin sobresaltos:
- Determina si la ayuda económica entra en los supuestos de donación.
- Elabora contrato privado y liquida el ISD en plazo.
- Guarda toda la documentación a salvo durante, al menos, cuatro años.
- Consulta a un asesor si superas los 6.000 € o tu comunidad aplica bonificaciones específicas.
En definitiva, mover dinero entre familiares no es ilegal, pero Hacienda quiere transparencia. De ahí que la mejor estrategia sea anticiparse y cumplir: la información que aportes hoy puede ahorrarte mañana una sanción inesperada.