Un abogado laboralista advierte que “ocurre más de lo que la gente piensa” y recuerda la vía del autodespido con pruebas y amparo del Estatuto de los Trabajadores.
La conocida como “ley del hielo” se utiliza como atajo para empujar a un empleado a irse por su propia voluntad y, así, evitar una indemnización por despido. El abogado laboralista Sebastián Ramírez (@leyesconsebas en TikTok) alerta de que es más habitual “de lo que cabría esperar en España” y que no es un proceso irreversible.
Qué significa la llamada ley del hielo y en qué se diferencia del mobbing
No es exactamente el mobbing, asociado a acoso continuado y violencia psicológica. Aquí la táctica es más sutil: dejar de dirigirte la palabra u ocultarte información básica para que no puedas desempeñar tu puesto. En román paladino, hacerte el vacío. ¿El objetivo? Que acabes marchándote por decisión propia.
Según Ramírez, “Ocurre más de lo que la gente se piensa”. Reconoce que muchos trabajadores consultan por estas situaciones y detecta patrones comunes que apuntan a una misma estrategia: aislar, bloquear y desgastar.
Señales de alerta para detectar la ley del hielo en tu empresa
¿Cómo saber si te están empujando a salir? Hay indicios claros que conviene vigilar. Ojo, porque suelen aparecer de repente y sin explicación razonable.
- Sobrecarga de trabajo sobrevenida, sin motivo aparente y concentrada en una sola persona.
- Estancamiento profesional que se alarga en el tiempo, sin oportunidades reales.
- Evaluaciones negativas o sesgadas que no se corresponden con el desempeño.
- Falta de recursos o de información básica para realizar tus tareas.
Si te reconoces en varios de estos puntos, puede que estés ante la “ley del hielo”. ¿Y ahora qué?
Qué hacer ante la ley del hielo: autodespido, pruebas y Estatuto
Aunque parezca lo contrario, hay salida. El abogado lo resume así: “Tienes que solicitar el autodespido y marcharte con indemnización y paro, demostrando lo que te estaban haciendo en tu trabajo”. El soporte jurídico es el propio Estatuto de los Trabajadores, que ampara la extinción con indemnización cuando se acredita acoso o una modificación sustancial de las condiciones laborales.
Para ello, resulta clave recopilar pruebas y no resignarse. Como explica Ramírez, no se trata de aguantar en silencio, sino de informarse y actuar. Dicho de forma directa: no te quedes de brazos cruzados.
A continuación, un esquema útil para entender la táctica y la respuesta posible, siempre con base en la información disponible:
Práctica descrita | Efecto en el trabajador | Respuesta con base legal |
---|---|---|
No hablarte u ocultarte información básica | Dificulta el desempeño | Recopilar pruebas y solicitar autodespido amparado por el Estatuto |
Sobrecarga de trabajo sobrevenida sin motivo | Presión para que te marches | Demostrar lo ocurrido y pedir autodespido con derecho a indemnización |
Estancamiento, evaluaciones sesgadas y sin recursos | Aislamiento y bloqueo profesional | Acreditar la situación y acudir al autodespido por las causas citadas |
El mensaje final es claro y contundente: “No tienes por qué aguantar en silencio: infórmate, actúa y defiéndete, porque tu bienestar y tu trabajo merecen respeto”.