Andalucía activa las tarjetas monedero de hasta 220 euros al mes para familias con menores

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Fecha de publicación: 2 de octubre de 2026
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Representante de la Junta de Andalucía durante una rueda de prensa

El procedimiento municipal arrancó el 24 de septiembre. La regulación andaluza sitúa el límite en el 48% de la renta mediana por unidad de consumo.

Andalucía abrió el 24 de septiembre de 2026 el procedimiento para que los servicios sociales deriven familias al programa de tarjetas monedero. Las cuantías van de 130 a 220 euros mensuales, según el tamaño de la unidad familiar. El anuncio de la Junta activa el acceso operativo previsto en una resolución publicada el 30 de junio. Esa norma incorpora un detalle relevante: eleva al 48% de la renta mediana nacional el umbral económico, frente al 40% general del programa.

Las tarjetas monedero se tramitan mediante los servicios sociales

Las familias deben dirigirse a sus servicios sociales comunitarios, que valoran la necesidad y comprueban las condiciones. La derivación se integra en el proyecto de intervención social de la unidad familiar. No basta con cobrar otra prestación ni con presentar una solicitud al SEPE. La Administración local propone el acceso y las entidades de acompañamiento gestionan la entrega y activación. El sistema es diferente del complemento de ayuda infantil, aunque ambos puedan interesar a hogares con menores y recursos limitados.

La resolución exige al menos una persona menor de 18 años a cargo, residencia conjunta y vecindad administrativa andaluza de los integrantes. También admite personas mayores de 16 años emancipadas cuando tengan otro menor a cargo y formen la unidad exigida. Cada unidad familiar solo puede disponer de una tarjeta. En un mismo domicilio pueden existir varias unidades, pero nadie puede pertenecer simultáneamente a dos. La valoración corresponde a los profesionales municipales y queda condicionada a los recursos asignados a la entidad local.

El límite andaluz del 48% cambia la comprobación de ingresos

El programa general utiliza ingresos inferiores al 40% de la renta mediana nacional por unidad de consumo. Andalucía fija el 48% para facilitar la entrada de familias con menores que perciben el IMV o la renta mínima autonómica. Son ocho puntos porcentuales adicionales, equivalentes a elevar un 20% la referencia general. Ese cálculo no significa recibir un 20% más de ayuda. El importe de la tarjeta continúa dependiendo del número de integrantes y el umbral se aplica conforme a las tablas oficiales.

Para acreditar ingresos se toman, generalmente, las bases imponibles general y del ahorro del último ejercicio fiscal cuyo plazo de declaración haya vencido. Quien no tenga obligación de presentar IRPF debe aportar el certificado de imputaciones correspondiente, salvo consulta administrativa autorizada. Computan salarios, pensiones, prestaciones, subsidios y rendimientos patrimoniales, con las exclusiones previstas. Entre estas figuran ayudas finalistas para educación, dependencia, sanidad, vivienda, transporte o emergencia social. Por tanto, sumar todas las transferencias bancarias sin distinguir su finalidad puede producir una valoración económica equivocada.

Las cuantías se calculan por personas y se cargan por trimestres

Una unidad de dos personas puede recibir 130 euros mensuales; con tres, 160 euros; con cuatro, 190 euros; y con cinco o más, 220 euros. Se cuenta a todos los integrantes, no únicamente a los menores. Así, dos adultos y dos hijos corresponden al tramo de cuatro personas, si cumplen las demás condiciones. Ese hogar tendría 570 euros en la primera carga trimestral y 2.280 euros durante doce meses completos. La cifra máxima de 220 euros no corresponde a todas las familias participantes.

La primera carga cubre un trimestre y las siguientes se realizan automáticamente cuando comienza el trimestre correspondiente. El saldo sin consumir se acumula hasta el vencimiento de la tarjeta. La vigencia es de doce meses desde el reconocimiento, momento tras el cual se desactiva incluso si queda saldo. Una nueva participación requiere otra valoración. El programa es compatible con otras prestaciones públicas, pero cada una conserva sus condiciones. La ayuda para gafas infantiles constituye, por ejemplo, un recurso diferente destinado a un gasto específico.

Los productos permitidos y el vencimiento limitan su utilización

Las tarjetas permiten adquirir alimentos y determinados productos de higiene, incluidos pañales infantiles, jabón, champú y pasta dentífrica. Quedan excluidos alcohol, refrescos con gas o azúcar, bollería, chucherías y productos dietéticos. El agua embotellada solo se admite cuando no sea posible acceder a agua potable. Los productos elaborados tampoco se incluyen, salvo legumbres precocinadas y conservas. La entidad que entrega la tarjeta debe informar de los establecimientos disponibles y del funcionamiento. La ayuda no se entrega como efectivo para cualquier gasto doméstico.

El marco regulador mantiene las derivaciones hasta el 31 de octubre de 2028, supeditadas a recursos, sin garantizar idéntico calendario operativo en cada municipio. Las familias deben consultar la atención y documentación local, evitando confundir una campaña municipal con el cierre de todo el programa.

La resolución oficial del Programa Básico detalla requisitos, cargas y productos. Para preparar la valoración se necesitan identificación, acreditación familiar, padrón e ingresos. El acompañamiento incorpora además orientación sobre administración doméstica y hábitos saludables, junto con seguimiento de la situación familiar.

Redacción Infoemplea2

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