Así es como puedes ahorrarte el impuesto de sucesiones de una vivienda: no te va a gustar

En España, el impuesto sobre sucesiones puede representar una gran carga económica para los herederos. Sin embargo, existen determinadas estrategias legales que ayudan a minimizar o incluso evitar este impuesto. Una de ellas es la donación en vida de bienes a los hijos. Esta operación, conocida como donación inter vivos, implican que los padres, antes de fallecer, transfieren la propiedad del bien, en este caso la vivienda, a sus hijos. Al realizar una donación en vida, se debe tener en cuenta que esta también está sujeta a impuestos, concretamente al impuesto sobre Donaciones. No obstante, algunas comunidades autónomas ofrecen bonificaciones en este impuesto para las donaciones entre padres e hijos.

Cómo evitar pagar el impuesto de sucesiones

Por ejemplo, en Andalucía, las bonificaciones pueden alcanzar hasta el 99% para los grupos I y II (descendientes, adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes). Esto significa que, en la práctica, el impuesto a pagar puede ser muy reducido o incluso nulo. Es importante destacar que, al realizar una donación en vida, los padres pierden la titularidad del bien, lo que implica que no podrán disponer de él sin el consentimiento de los hijos. Por ello, es común que se establezcan mecanismos como la reserva de usufructo, que permite a los padres seguir disfrutando del bien mientras viven, aunque la propiedad legal haya sido transferida a los hijos.

Además, es fundamental formalizar la donación mediante escritura pública ante notario y registrarla en el Registro de la Propiedad. Esto garantiza la seguridad jurídica de la operación y evita posibles conflictos futuros. En resumen: tus padres te ponen como propietario de la casa en vida, ellos se quedan con el usufructo vitalicio y siguen viviendo ahí como siempre sin que nada cambie. Y cuando fallecen, la casa ya es tuya, automáticamente. El impuesto de sucesión es cero.

Donación en vida: el truco para no arruinarte al heredar

Este proceder evita que, al fallecer los padres, la vivienda tenga que pasar por el proceso sucesorio, lo cual elimina el impuesto de sucesiones sobre ese bien. Legalmente, ya no se está heredando nada: el hijo era el propietario desde antes, y simplemente se consolida la plena propiedad al extinguirse el usufructo con la muerte.

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