La ayuda municipal sube un 6% desde abril y amplía el acceso a hogares con rentas de hasta 704,79 € por persona. La gestiona Servicios Sociales y sirve para alimentación, higiene y, desde noviembre de 2024, también para el abono transporte.
Las familias madrileñas con bajos ingresos, en situación de vulnerabilidad o desempleo pueden solicitar la Tarjeta Familia del Ayuntamiento de Madrid. El incremento del 6% aplicado desde abril, acorde con la subida del SMI, busca compensar el encarecimiento de la cesta y llegar a más beneficiarios.
Quién puede pedir la Tarjeta Familia del Ayuntamiento de Madrid y por qué conviene
¿Quiénes pueden solicitarla y por qué puede interesarte? Está dirigida a unidades familiares con bajos ingresos o afectadas por el desempleo. Permite pagar productos de higiene, alimentación y, desde noviembre de 2024, el abono transporte. Además, el acceso se amplía a personas con rentas de hasta 704,79 € al mes por persona.
Para determinar el derecho se calcula la renta per cápita: se dividen los ingresos entre los miembros del hogar, computando cada adulto como 1 y cada menor como 1,5. De ahí que el tamaño y la composición familiar influyan en la cuantía. La concesión corresponde a Servicios Sociales.
Cuantías mensuales de la ayuda municipal y límites de renta per cápita
Las cantidades se fijan según la renta per cápita y el número de convivientes. ¿Cuánto se cobra? Aquí van ejemplos publicados por el Ayuntamiento:
| Miembros del hogar | Renta per cápita ≤ 75,11 €/mes | Renta per cápita > 75,11 €/mes |
| 1 persona | 175 € | 146 € |
| 2 personas | 315 € | 233 € |
| 3 personas | 420 € | 292 € |
| 4 personas | 525 € | 350 € |
| 5 personas | 630 € | 408 € |
| 6 o más personas | 735 € | 466 € |
Como se aprecia, la cuantía sube cuando la renta per cápita es más baja y el hogar es más numeroso. El detalle de importes para otros tamaños puede consultarse en la web municipal.
Requisitos para cobrar la Tarjeta Familia y comprobar la necesidad acreditada
Antes de pedirla, conviene revisar lo que exige la convocatoria y preparar la documentación. Así, evitarás idas y venidas innecesarias.
- Acreditar la situación de necesidad.
- Estar empadronado en el distrito al que se dirige la solicitud.
- Presentar fotocopia del DNI, fotocopia del libro de familia y documentación económica del hogar.
- Aceptar el diseño de intervención social, con las condiciones de uso de la tarjeta prepago.
No todas las tarjetas se recargan con la misma cantidad todos los meses: variarán según la renta y los criterios de valoración previstos en la Ordenanza de Prestaciones Económicas del Sistema Público de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid. Ni tan mal si lo tienes claro desde el principio.
Cómo solicitar la ayuda paso a paso, presencialmente o por internet
¿Prefieres la atención directa? Acude al centro de Servicios Sociales de tu zona, donde orientarán y registrarán la solicitud. ¿Te resulta más cómodo desde casa? También se tramita en línea: hay que descargar el impreso, marcar la casilla de “necesidades básicas de alimentos” y autorizar al Ayuntamiento a consultar rentas e ingresos. Además, se deben aportar certificados que acrediten si algún miembro recibe otra ayuda económica.
Si estás en paro, presenta el certificado de desempleo; si eres pensionista, el certificado de pensión de jubilación o de viudedad. Por último, se incluye una declaración responsable con las obligaciones de la ayuda y que no se perciben otras prestaciones incompatibles. Fácil y, sobre todo, pensado para no dejar a nadie atrás.
La tramitación y concesión dependen de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid. Las cuantías exactas, cualquier actualización y los plazos o convocatorias se consultan en la página web municipal. Por tanto, conviene revisar la información oficial antes de enviar la solicitud; así evitarás devoluciones y ahorrarás tiempo.