La organización cifra en 660 euros al año el ahorro medio por profesional y denuncia ante la Comisión Europea que España no ha aplicado el régimen de exención para facturaciones inferiores a 85.000 euros.
ATA, la Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos, ha advertido de que la ausencia del régimen de IVA franquiciado en España supone una desventaja competitiva frente a otros países europeos como Francia o Italia. Según sus estimaciones, unos 770.000 autónomos podrían acogerse a este sistema y el ahorro total superaría los 500 millones de euros anuales, mientras que el coste para el Estado se situaría entre 625 y 650 millones.
Qué supone el sistema de IVA franquiciado y por qué ATA lo reclama
El llamado IVA franquiciado es un régimen especial de exención previsto para autónomos y pequeñas empresas con un bajo volumen de facturación y de IVA soportado. Su implantación en España depende del Ministerio de Hacienda, que hasta ahora no ha regulado esta posibilidad en la normativa nacional del impuesto.
En su informe, ATA sostiene que la falta de transposición de este régimen genera una clara desventaja para los trabajadores por cuenta propia españoles respecto a sus homólogos europeos. De hecho, la organización considera que la omisión legislativa del Estado provoca un daño patrimonial directo, real y cuantificable para este colectivo.
¿Quiénes podrían beneficiarse en España? ATA calcula que alrededor de 770.000 autónomos, principalmente profesionales y aquellos con poco IVA soportado, entrarían en el umbral que permite acogerse a esta exención.
Las principales conclusiones del análisis de ATA se centran en:
- Un ahorro anual superior a 500 millones de euros para el conjunto de autónomos potencialmente beneficiarios.
- La posibilidad de que unos 770.000 trabajadores por cuenta propia se acojan al régimen.
- Un coste para las arcas públicas que se situaría entre 625 y 650 millones de euros al año.
Como puede verse, el debate no es menor, porque afecta tanto al bolsillo de los autónomos como a la recaudación del Estado.
Ahorro estimado para los autónomos españoles y perjuicio económico actual
El estudio de ATA detalla el ahorro que supondría para cada autónomo dejar de presentar declaraciones periódicas de IVA y no tener que llevar una contabilidad específica para este impuesto. Solo en costes directos de gestión y asesoría, el ahorro mensual se sitúa en 25 euros, es decir, 300 euros al año por persona.
A esto se suma el tiempo que los autónomos dedican cada mes a tareas administrativas de IVA, que la organización cifra en unas dos horas mensuales. Valorando ese tiempo a 15 euros la hora, el ahorro anual adicional sería de 360 euros. En total, el ahorro individual alcanzaría los 660 euros al año.
ATA resume así este desglose de ahorro estimado por autónomo:
| Concepto | Ahorro estimado por autónomo al año |
| Costes directos administrativos ligados al IVA | 300 euros |
| Tiempo dedicado a gestiones relacionadas con IVA | 360 euros |
| Ahorro total anual previsto por profesional | 660 euros |
Al extrapolar esos 660 euros a los 770.000 autónomos potencialmente beneficiarios, el perjuicio económico directo que ATA atribuye a la falta de este régimen de exención asciende a 508.200.000 euros anuales. No es poca cosa para un colectivo que ya arrastra múltiples cargas administrativas y fiscales.
Incumplimiento de la Directiva europea de IVA y denuncia de ATA
La raíz del conflicto está en la Directiva 2006/112/CE del sistema común del IVA, modificada por la Directiva (UE) 2020/285. Esta reforma permite a los Estados miembros establecer un umbral de facturación anual de hasta 85.000 euros, por debajo del cual los autónomos y pymes quedarían exentos de repercutir, liquidar y declarar el IVA, con el objetivo de simplificar obligaciones y reducir cargas administrativas.
Según ATA, España ha incumplido tanto el plazo de transposición, fijado para el 31 de diciembre de 2024, como el de aplicación, previsto a partir del 1 de enero de 2025. La normativa vigente, la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, carece todavía de un régimen general de franquicia basado en ese umbral de facturación.
Por este motivo, la federación presentó en diciembre una denuncia contra el Gobierno de España ante la Comisión Europea por la falta de transposición y aplicación de la directiva relativa al régimen especial de exención del IVA para autónomos y pequeñas empresas. A su juicio, este incumplimiento vulnera principios como la efectividad, la no discriminación, la proporcionalidad, la seguridad jurídica, la competencia leal y la libertad de establecimiento dentro de la Unión Europea.
ATA también critica que los autónomos españoles sean, según su denuncia, los únicos de la Unión que no pueden acogerse al IVA franquiciado si facturan menos de 85.000 euros, lo que alimenta una sensación de inseguridad legislativa y de trabas constantes en su día a día. En resumen, el mensaje de la organización es claro: reclaman un régimen real de simplificación y exención de IVA alineado con la normativa europea.







