Buenas noticias para los mayores de 52 años: el Gobierno aprueba que se puedan cobrar estas dos ayudas a la vez

Publicado por Infoemplea2
Fecha de publicación: 29 de octubre de 2025 a las 20:01
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Mujer mayor sonriente hablando con otras personas, representación de los beneficiarios del subsidio y del Ingreso Mínimo Vital compatibles.

El Gobierno permite cobrar simultáneamente el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y el subsidio para mayores de 52 años, siempre que se cumplan los requisitos económicos y de patrimonio exigidos por cada prestación.

Desde este año, las personas desempleadas de 52 años o más pueden percibir el subsidio del SEPE de forma íntegra y, además, el IMV como complemento hasta la renta garantizada. Para una persona sola, el umbral del IMV en 2025 es de 658,81 euros mensuales; así, si cobra 480 euros de subsidio, la Seguridad Social añade 178,81 euros para alcanzar ese mínimo. En pocas palabras: más ingresos mensuales sin perder derechos de jubilación.

Quién puede cobrar el subsidio y el IMV a la vez y por qué

¿Quiénes pueden beneficiarse? El subsidio para mayores de 52 años se dirige a desempleados que agotaron el paro y cumplen requisitos concretos. El IMV está pensado para hogares en situación de vulnerabilidad, ajustándose a los ingresos de la unidad de convivencia.

  • Haber cotizado al menos 15 años (6 al desempleo y 2 en los últimos 15).
  • Tener 52 años o más.
  • Estar inscrito como demandante de empleo.
  • No superar el 75% del SMI (888 euros/mes en 2025).

Además, el subsidio cotiza para la jubilación por el 125% de la base mínima, de modo que no solo incrementa la renta presente, también protege la futura pensión. Por tanto, la compatibilidad con el IMV actúa como “colchón de seguridad” adaptado a cada caso.

Cómo se calcula la cuantía conjunta del IMV con el subsidio y un ejemplo práctico

El esquema es claro: el subsidio del SEPE se cobra íntegro (480 euros al mes) y el IMV complementa hasta la renta garantizada según la composición del hogar. ¿Qué ocurre si cambian los ingresos? El IMV sube o baja en función de la situación económica de la unidad de convivencia.

A continuación, te resumimos los datos aportados:

Ayuda / situaciónOrganismo gestorCuantía mensualLímite o garantía de ingresosObservaciones
Subsidio mayores de 52SEPE480 €≤ 75% SMI (888 €/mes en 2025)Cotiza al 125% de la base mínima
IMV persona sola 2025INSS (Seguridad Social)Hasta 658,81 €Complementa hasta la renta garantizadaAjuste según ingresos y convivencia

Una persona sola que cobra el subsidio (480 €) recibiría 178,81 € de IMV para alcanzar los 658,81 € garantizados en 2025.

Trámites para pedir ambas ayudas en SEPE e INSS y documentación necesaria

¿Cómo se solicitan? Cada prestación se tramita por separado: el subsidio en el SEPE y el IMV en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Es imprescindible aportar la documentación que acredite ingresos, datos de convivencia y situación patrimonial. Ojo: los procedimientos pueden variar ligeramente según la comunidad autónoma, por lo que conviene consultar las webs oficiales o pedir cita previa en oficinas.

Por otro lado, esta compatibilidad no implica renunciar a la cotización: se mantiene gracias al subsidio, lo que refuerza el acceso a la futura jubilación. De ahí el interés de revisar si se cumplen los requisitos económicos y de patrimonio para combinar ambas prestaciones.

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