La empleada, con más de 30 años de antigüedad y un sueldo de 4.580 euros al mes, desvió fondos entre 53 clientes para evitar descubiertos y mejorar sus incentivos, según recoge la sentencia.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha declarado procedente el despido disciplinario de esta subdirectora de oficina de CaixaBank. El tribunal entiende que su actuación supuso una “transgresión de la buena fe contractual” al mover dinero de forma irregular para cubrir descubiertos y contratar productos sin autorización.
La trabajadora llevaba más de tres décadas en la entidad y cobraba unos 4.580 euros mensuales, además de complementos ligados a la venta de seguros y préstamos a los clientes de la sucursal.
El caso de la subdirectora de CaixaBank despedida por desvío masivo de fondos entre clientes
Tras varias quejas de usuarios, CaixaBank abrió una auditoría interna que destapó irregularidades sistemáticas. Entre 2013 y 2020, la subdirectora realizó cargos y abonos irregulares en cuentas de clientes por un impacto total de 1.733.050 euros, que afectó directamente a 53 personas.
Según la resolución, la empleada utilizaba la confianza de los clientes para ordenar transferencias entre cuentas sin conocimiento de sus titulares, con el fin de que “no existieran descubiertos o impagos” en cuentas con seguros o préstamos no consentidos. La auditoría apreció firmas falsificadas con trazos similares a los de la trabajadora.
Auditoría interna de CaixaBank, clientes afectados y operaciones irregulares con productos financieros
La sentencia destaca, entre los episodios más graves, el de un cliente que detectó una transferencia de 25.000 euros a un tercero desconocido el mismo día en que la subdirectora le había prometido un televisor de regalo por contratar un plazo fijo que nunca llegó a firmar.
Cuando el director empezó a revisar lo ocurrido, la subdirectora llamó al cliente y le prometió que “ella lo arreglaría” y le devolvería el dinero “en mano” si no acudía al banco. La sentencia añade que otros usuarios figuraban con un volumen inusual de productos, como una clienta con 27 seguros y 18 préstamos. CaixaBank la despidió; la trabajadora negó haberse apropiado de fondos y sostuvo que las transferencias eran “temas particulares” entre clientes.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía descarta desigualdad de trato y confirma el despido disciplinario
La subdirectora impugnó el despido alegando vulneración de la igualdad de trato, afirmando que otros ocho empleados también habían participado en los hechos o intercambiado claves sin ser sancionados. El tribunal rechazó este argumento al entender que no se acreditó que esos trabajadores incurrieran en las mismas irregularidades ni con la misma gravedad.
La resolución concluye que la conducta vulnera la buena fe contractual y encaja en el artículo 54.2 d) del Estatuto de los Trabajadores, que permite el despido por incumplimientos graves y culpables. Al limitarse a mencionar a otros compañeros sin pedir revisar los hechos probados, el despido se declara procedente, sin indemnización ni salarios de tramitación.







