Cada vez más jóvenes se benefician de esta medida que eleva la edad máxima hasta los 40, permitiendo ahorrar en la declaración de la Renta 2024-25.
El anuncio de la Comunidad de Madrid para ampliar el límite de edad en las deducciones por alquiler revoluciona la campaña de la Renta 2024-25. Hasta este año, podían acceder a estas ventajas quienes tuvieran menos de 35 años; sin embargo, a partir de ahora el límite asciende a los 40. Con este cambio, se espera que miles de contribuyentes puedan beneficiarse de una de las desgravaciones más relevantes y aliviar, así, la carga fiscal cuando presenten su declaración antes del 30 de junio de 2025.
Cómo funciona esta importante deducción autonómica en la declaración de la Renta 2024-25
La deducción autonómica por alquiler en la Comunidad de Madrid sigue siendo una de las favoritas de los contribuyentes madrileños. ¿Por qué? Porque puede llegar al 30% del gasto de alquiler, con un máximo de 1.237 euros, siempre que se cumplan determinadas condiciones. Entre ellas, que el inquilino haya vivido en Madrid al menos 183 días durante el periodo fiscal y que los ingresos no superen los 26.414 euros en tributación individual o 37.322 euros en tributación conjunta.
Esta deducción, considerada clave para los jóvenes arrendatarios, reconoce que en una zona de precios elevados como Madrid, destinar buena parte de los ingresos al alquiler puede dificultar el ahorro familiar. Por ello, las autoridades han decidido flexibilizar el requisito de edad, ampliándolo a los 40 años, con el fin de fomentar la estabilidad y el acceso a la vivienda para un mayor espectro de población.
Requisitos para aprovechar las nuevas desgravaciones por alquiler en Madrid
Aunque el foco principal recae en el cambio de edad límite, existen otros aspectos que no puedes perder de vista. Entre ellos, cabe destacar que el alquiler debe ser la vivienda habitual, y que la renta destinada a este concepto suponga, al menos, el 20% del total de los ingresos anuales del contribuyente. Además, es imprescindible que conste el depósito de la fianza en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid o en la entidad pública correspondiente.
¿Te interesa saber más? Antes de presentar la declaración de la Renta, comprueba que dispones de la siguiente documentación:
- Contrato de alquiler en vigor, especificando la dirección de la vivienda habitual.
- Justificantes del pago mensual que acrediten el desembolso de la renta (transferencias, recibos bancarios, etc.).
- Declaración o certificado del arrendador que indique el importe total pagado durante el año fiscal.
- Copia del depósito de la fianza en el organismo competente.
Cumplir estos requisitos facilitará la gestión y evitará posibles revisiones o incidencias con Hacienda.
Descubre las fechas clave y los pasos a seguir para solicitar esta deducción
La campaña de la declaración de la Renta 2024-25 ya está en marcha y finalizará el 30 de junio de 2025. Resulta fundamental realizar la tramitación con antelación para evitar prisas de última hora. Ten en cuenta los siguientes pasos:
- Revisa el borrador o los datos fiscales que facilita la Agencia Tributaria.
- Incluye la deducción autonómica de Madrid en el apartado correspondiente, asegurándote de seleccionar la nueva franja de edad si es tu caso.
- Aporta la documentación necesaria: no olvides conservar los justificantes de pago y el contrato de alquiler.
- Presenta la declaración a través de la sede electrónica de Hacienda o de manera presencial, si así lo prefieres.
Si efectúas la presentación ‘online’, recuerda que dispones de herramientas de ayuda de la Agencia Tributaria para resolver dudas. Por otro lado, si optas por acudir a una oficina de Hacienda, es recomendable solicitar cita previa.
Tabla con los aspectos más destacados de la deducción por alquiler madrileña
A continuación, se muestra un resumen con las principales novedades y límites de esta ayuda autonómica:
Aspecto | Detalle |
---|---|
Límite de edad | Hasta los 40 años (antes, el máximo eran 35) |
Porcentaje de deducción | Hasta el 30% del alquiler |
Máximo a deducir | 1.237 euros |
Renta máxima individual | 26.414 euros |
Renta máxima conjunta | 37.322 euros |
Requisito de residencia | Al menos 183 días en Madrid |
Porcentaje del alquiler | Debe suponer el 20% de los ingresos anuales |
Documentación obligatoria | Contrato, pagos y depósito de fianza en organismo oficial |
Con estos datos de referencia, será mucho más sencillo comprobar si cumples las condiciones necesarias. Es importante tramitar la declaración con sumo cuidado, ya que cualquier error podría conllevar revisiones o posibles sanciones de Hacienda. De ahí que muchos contribuyentes opten por ayuda profesional o consulten guías especializadas antes de presentar su borrador definitivo.
Asimismo, conviene tener en cuenta que cada Comunidad Autónoma establece sus propias deducciones. Por lo tanto, si te has mudado recientemente o planeas un cambio de residencia, revisa con detenimiento los beneficios fiscales de la región donde vivas.