Condenada una mujer tras fingir un despido disciplinario para cobrar el paro: ahora deberá devolver más de 11.000 euros al SEPE

La justicia catalana confirma que la trabajadora incurrió en fraude de ley al ausentarse cinco días sin causa justificada con el fin de ser despedida, percibir la prestación y burlar al SEPE.

Una comercial que se reincorporó de una excedencia por cuidado de hijo en agosto de 2017 deberá reintegrar 11.051,4 euros al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). El alto tribunal ratifica que la empleada provocó de forma deliberada su despido disciplinario para acceder a la prestación por desempleo durante casi un año.

El caso de una trabajadora que provocó su despido disciplinario para acceder al paro

Todo arrancó el 26 de agosto de 2017, cuando la empleada volvió a su puesto después de la excedencia. Apenas diez días más tarde dejó de acudir sin justificación: primero el 5 de septiembre y, tras una advertencia escrita, también los días 14, 15, 18 y 19. Estas inasistencias reiteradas llevaron a la empresa a despedirla disciplinariamente el 22 de septiembre del mismo año.

Solo cuatro días después solicitó el paro y lo percibió durante diez meses, del 26 de septiembre de 2017 al 30 de julio de 2018, gracias a los requisitos cotizados antes de su excedencia.

Las pesquisas de Inspección y la actuación del SEPE confirman el fraude de ley cometido

La Inspección de Trabajo detectó indicios de fraude cuando comprobó que la trabajadora no impugnó el despido y reconoció que «sabía que la echarían». Ni justificó las ausencias ni mostró interés en conservar el empleo, revelando una clara intención de simular un cese involuntario en lugar de presentar una baja voluntaria.

Ante estos hechos, el SEPE suspendió cautelarmente la prestación, la extinguió con efectos retroactivos al día del despido y exigió la devolución íntegra de las cantidades cobradas.

El fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y la aplicación del artículo 6.4 del Código Civil

La afectada recurrió sin éxito ante el Juzgado de lo Social n.º 1 de Lleida y, posteriormente, ante el TSJC mediante suplicación. El tribunal autonómico confirmó la primera sentencia y avaló la decisión del SEPE, apoyándose en el artículo 6.4 del Código Civil: «Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley…». El fallo concluye que, aunque existía apariencia de despido, en realidad se trató de una baja voluntaria encubierta.

Impacto de la sentencia en futuras reclamaciones al SEPE por prestaciones indebidas

La resolución del TSJC refuerza la doctrina que impide utilizar el despido disciplinario como puerta falsa para acceder a prestaciones contributivas. En este sentido, la Inspección de Trabajo y el SEPE disponen de un precedente más para perseguir conductas similares y exigir la devolución de las ayudas percibidas indebidamente. Para las empresas, el caso ilustra la conveniencia de documentar las ausencias y aplicar el régimen disciplinario con rigor, mientras que para los trabajadores recuerda que forzar un despido con fines lucrativos puede derivar en responsabilidades económicas significativas y la pérdida de la cobertura por desempleo.

10 comentarios en «Condenada una mujer tras fingir un despido disciplinario para cobrar el paro: ahora deberá devolver más de 11.000 euros al SEPE»

  1. La inspección de trabajo más vale que actúe donde tiene actuar , haciendo que se declaren todas las horas extras que no se pagan ni se cotizan y ellos lo saben y se hacen los locos por «intereses» ,a esta pobre mujer no cobro nada que no le perteneciera si era su paro cotizado y que pagando la cantidad se lo tendrán que devolver para cuando le haga falta .

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  2. Eres un sinvergüenza. Como que está pobre mujer? Así va este país. A esta señora no le corresponde nadaLa Inspección tendrá que controlar el tema de las horas no cobradas, por supuesto pero también casos como los de esta pájara.

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  3. Por supuesto que es una sin vergüenza..y como está señora hay much@s y así nos va..simulando bajas falsas, cobrando paros que no corresponden..u lo peor incapacidades totalmente engañadas..y que luego pagamos el resto incluso estando realmente con algún problema de salud…

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  4. Lo que ha hecho esta señora está muy mal. Pero casos así hay a miles.
    Ni el SEPE ni Hacienda investigan la economía sumergida, empresarios que abusan de los trabajadores y trabajadores que cobran en dinero negro.
    Pero claro para eso hay que salir a la calle y se está mucho mejor en la oficina con el aire acondicionado y revisando informes que hace el ordenador de forma automática cruzando datos.

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    • Para saber a ciencia cierta que, todos y cada uno de los conductores de camiones hacen hasta 15;horas diarias de trabajo efectivo -menis los 45+45 minutos de descanso obligatorio entre turnos de 4’5 horas,,,,no hace falta ni moverse del sitio. Simplemente les da igual. Que las jornadas de camareros, vigilantes y otros don de 12 horas día excediendo con mucho las 80 extras anuales,,,,se sabe y está escrito…les da exactamente igual ..etc

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  5. Pues como el empresario sea un pijopaki vais apañados. Inspección de trabajo son unos lamedores de ya sabéis que de estos degenerados laborales. Tengo un juicio yo en Noviembre del 2026, vaya tela. Compraron la empresa donde yo trabajaba hacía 2’5 años, y en Noviembre 2024 el testaferro de turno me despidió sin carta sin nóminas y sin indemnización y sin gestionar la prestación.

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  6. Menuda vergüenza lo que hizo está mujer fue cobrar lo que por derecho propio género, eso lo an hecho y siguen y seguirán haciendo millones de personas en este pais

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