El periodo para presentar la declaración será del 2 de abril al 30 de junio
La próxima declaración de la Renta llegará con novedades que pueden resultar decisivas para miles de contribuyentes. Hacienda ha adelantado la campaña al 2 de abril de 2025 y la ha fijado hasta el 30 de junio como fecha límite. ¿Te interesa saber más? En este artículo te contamos los cambios más relevantes, los nuevos tramos de tributación y las deducciones que se aplicarán a partir del próximo ejercicio fiscal.
Los nuevos plazos de la campaña de la Renta 2024-2025 según la Agencia Tributaria
La principal novedad de este año es el adelanto de la campaña, que comenzará el 2 de abril. Desde ese día, se podrá presentar la declaración de forma online a través de Renta Web, el certificado electrónico, Cl@ve PIN o la app oficial. Para quienes deseen realizar el trámite por teléfono, la fecha habilitada será el 6 de mayo, mientras que la modalidad presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria arrancará el 2 de junio. El plazo de cierre se mantiene en el 30 de junio de 2025, por lo que conviene tenerlo en cuenta para evitar posibles sanciones.
Una de las modificaciones más destacadas es la obligación de declarar para quienes hayan cobrado prestaciones por desempleo a lo largo de 2024, independientemente de su cuantía. De no hacerlo, se corre el riesgo de perder la prestación, de acuerdo con la Ley de Seguridad Social. Por otro lado, las personas con varios pagadores contarán ahora con un límite de ingresos exento de declarar que sube a 15.876 euros, mientras que se mantiene en 22.000 euros para aquellos que tengan un único pagador.
Las principales novedades en deducciones y reducciones aplicables a la próxima declaración
Existen incentivos importantes para los contribuyentes que realicen donaciones a ONGs y entidades sin ánimo de lucro. La deducción por los primeros 250 euros aumenta del 75% al 80%, y para cantidades superiores se eleva del 35% al 40%. Además, si la donación se mantiene durante varios años consecutivos, el porcentaje puede alcanzar el 45%. En paralelo, aumenta el umbral de la reducción por rendimientos del trabajo: pasa de 6.498 a 7.302 euros, lo que implica un menor pago de impuestos para aquellos con salarios más bajos.
A continuación, se muestra una tabla con algunos cambios clave:
Concepto | Anterior límite | Nuevo límite / porcentaje |
---|---|---|
Prestación por desempleo (obligación de declarar) | No siempre obligatorio | Obligatorio en todos los casos |
Límite exento para varios pagadores | 14.000 euros | 15.876 euros |
Reducción por rendimientos del trabajo | Hasta 6.498 euros | Hasta 7.302 euros |
Deducción por donaciones (primeros 250 euros) | 75% | 80% |
Nuevos porcentajes y requisitos para la fiscalidad de alquileres en viviendas rehabilitadas
Quienes tengan inmuebles alquilados también verán cambios sustanciales. Para contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023 se mantiene la reducción del 60%, pero para los suscritos a partir del 1 de enero de 2024 se aplicarán porcentajes diferentes. Podrá llegarse a un 90% si la vivienda está en zona tensionada y se reduce el precio un 5% respecto al contrato anterior; un 70% si se alquila a jóvenes de entre 18 y 35 años o se cede a la Administración para alquiler social; y un 50% en el resto de supuestos.
En cuanto a obras de eficiencia energética y la compra de vehículos eléctricos, este será el último año para disfrutar de los beneficios fiscales que alcanzan el 60% en el caso de las reformas y el 15% en la adquisición de coches eléctricos o la instalación de puntos de recarga.