Vivir con un ascendiente en casa y asumir parte de sus cuidados no solo implica tiempo y esfuerzo: también puede traducirse en un ahorro en la declaración de la renta, siempre que se cumplan unos requisitos de convivencia e ingresos.
El cuidado de las personas mayores sigue recayendo en gran parte en el entorno familiar, según reflejan datos del Imserso. Además, distintos estudios demográficos apuntan a que, en muchos casos, son las mujeres quienes acaban asumiendo esta responsabilidad, y el desgaste se agrava en quienes cuidan a sus padres mayores mientras crían a sus hijos.
Quién puede aplicar la deducción en la renta por ascendientes mayores de 65 años
En este contexto, existe una deducción en el IRPF que permite rebajar la declaración por cada persona mayor de 65 años que viva en el domicilio familiar, una medida que puede suponer un respiro económico.
El abogado laboralista Sebastián, conocido en redes como @leyesconsebas, recuerda que esta deducción está pensada especialmente para familias que comparten vivienda con uno o varios abuelos o, en general, con ascendientes en edad avanzada que residan en el mismo hogar. ¿Vives con tu madre, tu padre o tus abuelos y te encargas de ellos en el día a día? Ojo, porque podrías tener derecho a aplicarla.
Requisitos de convivencia e ingresos para deducir hasta 2.559 euros en el IRPF
Para beneficiarse no basta con “vivir juntos”. La normativa exige cumplir condiciones concretas, tanto de convivencia como económicas, y cada caso se revisa de forma individual. A continuación, los requisitos principales que se deben cumplir para aplicar esta deducción:
- El ascendiente a cargo debe tener 65 años o más, o acreditar una discapacidad igual o superior al 33 % si es mayor de esa edad.
- Convivencia en el mismo domicilio durante al menos seis meses dentro del ejercicio fiscal (haber vivido la mayor parte del año fiscal).
- Límite de ingresos: el mayor no debe superar los 8.000 euros brutos anuales, sin contar rentas exentas.
- Si presenta declaración de la renta, sus rendimientos sujetos a tributación no pueden superar los 1.800 euros.
- No haber recibido ayudas similares que excluyan esta prestación, según se indica.
Si varias personas conviven y cumplen requisitos por el mismo ascendiente, la deducción no se multiplica: se divide entre quienes tengan derecho y debe reflejarse en la declaración, justificando convivencia, vínculo e ingresos.
Cuantías de la deducción por mayores de 65 y casos de discapacidad
La cuantía final depende de la edad del familiar a cargo y de si existe discapacidad reconocida. En términos generales, el beneficio se mueve entre 1.550 y 2.559 euros al año, alcanzando el importe más alto cuando el ascendiente tiene 75 años o más. Para tenerlo claro, estas son las cifras que se manejan según los supuestos descritos:
| Situación del familiar que convive en el domicilio | Importe anual de referencia |
|---|---|
| Ascendiente con 65 años o más (según el caso) | De 1.550 a 2.559 euros |
| Ascendiente con 75 años o más | Hasta 2.559 euros |
| Persona con discapacidad del 33 % al 64 % | Hasta 3.000 euros |
| Persona con discapacidad del 65 % o más | Hasta 9.000 euros |
Además, la normativa contempla deducciones complementarias cuando se convive con personas con discapacidad, incluso si no han alcanzado los 65 años, variando el importe según el grado reconocido.
Cómo aplicar esta deducción en la declaración y qué ocurre si varios conviven
La deducción se aplica directamente en la declaración de la renta del ejercicio correspondiente, sin necesidad de gestiones adicionales. Si se ha convivido la mayor parte del año con la persona mayor de 65 años y se respetan los límites de ingresos, el contribuyente puede beneficiarse en ese mismo periodo fiscal.
La Agencia Tributaria es la encargada de comprobar que se cumplen los requisitos antes de validar la deducción. Y si en el domicilio conviven varios ascendientes que cumplan condiciones, el beneficio puede aplicarse por cada uno de ellos, respetando siempre los límites establecidos.







