17 años repartiendo no evitan el despido de un cartero de La Poste que se negó a realizar un test de alcoholemia tras beberse 2 o 3 vasos de whisky

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Publicado por Israel Garcia
Fecha de publicación: 17 de enero de 2026 a las 20:01
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Cartero cargando una furgoneta de reparto durante su jornada laboral

El Tribunal de Apelación confirmó en mayo de 2025 el despido disciplinario por falta grave de un cartero con 17 años de antigüedad en La Poste, tras negarse tres veces a someterse a un control de alcoholemia.

Los hechos se remontan al jueves 21 de marzo de 2019, poco después de las 7:00, en el centro de trabajo de La Poste en Saint-Étienne (Francia). El cartero llegó confundido y con un comportamiento que compañeros y superior consideraron extraño y sospechoso.

Su jefe le envió un mensaje para preguntarle si estaba sobrio y el trabajador, tras tardar en responder, admitió que había bebido 2 o 3 vasos de whisky hasta las 2:00 de la madrugada. Apenas habían pasado cinco horas hasta el inicio de la jornada, lo que alimentó las dudas de la empresa sobre su estado.

El Tribunal de Apelación de Lyon avala el despido por negarse al control de alcoholemia

Al tratarse de un puesto que implicaba conducir, el empleador activó un control de alcoholemia previsto en el manual interno para puestos de riesgo. El cartero se negó tres veces a realizar la prueba y esa negativa fue el verdadero motivo del despido por falta grave.

El abogado laboralista Henri Guyot, del bufete ærige Avocats, explicó que la empresa no tiene que demostrar que el cartero estuviera borracho: al estar la prueba prevista en la normativa interna, la negativa en un puesto con riesgo para terceros puede considerarse una falta grave.

Para intentar acreditar buena fe, el empleado acudió esa noche al hospital, catorce horas después del incidente. Un análisis de sangre dio cero alcohol y días más tarde se sometió a otra prueba, pero el tribunal rechazó ambos exámenes al entender que solo cuenta el estado del trabajador en el momento en que empieza su jornada.

La jurisprudencia laboral sobre controles de alcoholemia y sus consecuencias

En su resolución, el Tribunal de Apelación de Lyon recordó que el cartero ya había sido sancionado por introducir alcohol en la empresa y que ese comportamiento reiterado justificaba una reacción inmediata por parte del empleador.

La sentencia insiste en que los controles de alcoholemia en el entorno laboral no pueden realizarse de forma indiscriminada. Para que sean válidos deben estar previstos en el reglamento interno y referirse a puestos con riesgo real; además, “el empleador no tiene poderes policiales” y el trabajador puede impugnar el resultado y pedir comprobaciones, pero solo si la prueba llega a practicarse.

La resolución destaca que la jurisprudencia considera falta grave negarse a un control dentro del marco legal, incluso sin antecedentes disciplinarios y pese a la antigüedad, criterio que también se aplica a los test de detección de estupefacientes. El cartero no recibirá indemnización ni el reconocimiento de despido improcedente, ni compensación alguna, ya que todas sus reclamaciones han sido desestimadas.

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Israel Garcia

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