El Gobierno multa a Glovo con 847.000 euros por contratar a inmigrantes sin papeles ni permiso de residencia

La Subdelegación del Gobierno en Sevilla impone 847.640 euros a Glovo tras constatar que 64 repartidores extranjeros trabajaban sin autorización de residencia y trabajo. La compañía ha recurrido la resolución.

La Subdelegación del Gobierno en Sevilla ha sancionado a las mercantiles GlovoApp23 SL y GlovoApp Spain Plataform SL con 847.640 euros por emplear en Sevilla capital a 64 trabajadores extranjeros sin permiso de trabajo y residencia. La calificación de los hechos es de “muy graves” y la decisión se apoya en un informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, dentro de las actuaciones programadas en el sector de las plataformas digitales de reparto.

El caso de Glovo en Sevilla: trabajadores por cuenta ajena y ausencia de alta en Seguridad Social

El operativo inspector se centró en comprobar las condiciones de la prestación del servicio de reparto realizado a través de la aplicación. El objetivo incluía, en su caso, comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social las altas de oficio de los repartidores en el Régimen General y liquidar las cotizaciones dejadas de ingresar por la empresa.

La investigación concluyó que los 64 repartidores que realizaban entregas a domicilio eran, en realidad, trabajadores por cuenta ajena. No habían sido dados de alta en el Régimen General ni se habían ingresado las cotizaciones sociales correspondientes, según el informe.

La investigación de Inspección y Extranjería en Sevilla y cómo se acreditaron los hechos

A las sanciones ya impuestas por motivos laborales se suman ahora las 64 registradas en Sevilla por “la necesidad de autorización administrativa de residencia y trabajo para los trabajadores extranjeros”. En el listado de repartidores aportado por la empresa se comprobó que carecían “de la preceptiva autorización administrativa para trabajar por cuenta ajena en España en el periodo en los que prestaron servicios”.

El expediente fue tramitado por el área de Extranjería de la Subdelegación, que calificó los hechos como “muy graves”. La medida se enmarca en las actuaciones de la Dirección Especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre plataformas de reparto.

El fallo administrativo y fundamentos legales según la Ley de Extranjería

La resolución detalla dos sanciones: una primera por 20 trabajadores, cuyo total con liquidaciones de Seguridad Social asciende a 210.649,43 euros; y una segunda por 44 trabajadores, por un importe de 636.990,59 euros. El global alcanza 847.640,02 euros.

Los hechos se encuadran en el artículo 36.1 y 4 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero (B.O.E. de 12 de enero), sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. La resolución se encuentra en proceso de recurso por parte de Glovo.

Impacto para plataformas digitales de reparto y obligaciones en Seguridad Social y Extranjería

Dado lo anterior, la sanción refuerza la vigilancia sobre la contratación en plataformas digitales y el cumplimiento de las obligaciones de alta y cotización en la Seguridad Social. En este sentido, también subraya la exigencia de contar con las autorizaciones de residencia y trabajo cuando exista relación laboral por cuenta ajena.

Por este motivo, el caso marca un aviso para el sector del reparto a domicilio en Sevilla: la Inspección actuará para regularizar plantillas, exigir las cotizaciones debidas y aplicar el régimen sancionador en materia de Extranjería cuando corresponda.

Deja un comentario