El Gobierno prepara un cambio en las universidades que facilitará estudiar y trabajar al mismo tiempo

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Fecha de publicación: 23 de octubre de 2026
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Pedro Sánchez posa junto a representantes estudiantiles durante un acto institucional relacionado con el Estatuto del Estudiantado Universitario.

El Estatuto del Estudiantado Universitario prevé apoyo psicológico gratuito y desconexión digital. La conciliación y el paro académico ya cuentan con reconocimiento legal.

El Consejo de Ministros aprobó el 20 de octubre de 2026 el proyecto del nuevo Estatuto del Estudiantado Universitario. Según el Ministerio de Ciencia, incorpora planes de conciliación, atención psicológica y garantías digitales para estudiantes de universidades públicas y privadas. La comunicación oficial anuncia un proyecto de real decreto, sin señalar una fecha de entrada en vigor. Para quienes estudian y trabajan, interesa distinguir las mejoras previstas de los derechos que ya pueden ejercer.

El proyecto de Estatuto universitario desarrolla una conciliación ya reconocida

El Estatuto de 2010 ya contempla que las actividades académicas faciliten la conciliación con la vida laboral y familiar. Su artículo 7 vincula esa atención a las posibilidades organizativas y presupuestarias de cada universidad. La Ley Orgánica del Sistema Universitario de 2023 también recoge ese derecho. Por tanto, la posibilidad de solicitar medidas compatibles con un empleo tiene antecedentes legales. El anuncio actual añade el compromiso de articular planes universitarios de conciliación, junto con opciones de dedicación parcial y suspensión temporal de estudios.

El borrador sometido a audiencia pública entre abril y mayo de 2026 ayuda a entender el desarrollo previsto, aunque no sustituye al texto definitivo. Su artículo 6 plantea elaborar esos planes con participación de la comunidad universitaria. También relaciona la compatibilidad con las normas académicas y las características de cada asignatura. Eso obliga a concretar cómo se organiza una adaptación, especialmente cuando existen prácticas presenciales. Las dificultades económicas se atienden mediante procedimientos diferentes, como las ayudas de emergencia universitarias, que mantienen sus propias condiciones.

Estudiar y trabajar implica derechos ante la universidad y ante la empresa

Quien necesita compatibilizar clases y empleo debe diferenciar qué puede solicitar a cada institución. La universidad decide sobre grupos, dedicación académica y procedimientos de evaluación conforme a su normativa. El Estatuto de 2010 ya reconoce al alumnado de grado la elección de grupo en los términos establecidos por su centro. Ese reconocimiento permite organizar la formación junto con responsabilidades profesionales o familiares. Sin embargo, no garantiza cualquier horario elegido por el estudiante ni permite eliminar automáticamente los requisitos académicos de una asignatura.

Ante la empresa existe otra regulación: el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores reconoce permisos para acudir a exámenes. También contempla preferencia para elegir turno cuando se cursan regularmente estudios conducentes a un título académico o profesional. La negociación colectiva determina las condiciones para ejercer estos derechos. El apartado sobre exámenes no declara por sí mismo que todos esos permisos sean retribuidos. Antes de pedirlos, corresponde comprobar el convenio aplicable y diferenciar este supuesto de otros permisos retribuidos del trabajo.

Las guías docentes y la atención psicológica tienen distinto recorrido

La información previa a la matrícula tampoco parte de cero. El artículo 23 del Estatuto de 2010 obliga a facilitar los planes docentes antes de abrir el plazo de inscripción. Deben describir contenidos, metodología y evaluación. Para alguien con empleo, consultar esa documentación permite detectar prácticas, entregas o pruebas incompatibles con su jornada. El borrador de abril desarrolla las garantías frente a cambios posteriores de criterios: exige motivación, autorización y conocimiento del alumnado. Ese documento sigue siendo un antecedente del proyecto anunciado esta semana.

La nota ministerial del 20 de octubre destaca la orientación psicológica gratuita y accesible, las unidades de apoyo y los protocolos de salud mental. También incluye medidas frente al acoso y un derecho a la desconexión digital, con excepciones para comunicaciones urgentes. Habrá que atender al contenido definitivo y a las reglas de cada universidad para conocer su aplicación concreta. En materia de apoyo educativo, el Estatuto de 2010 ya exige adaptaciones para estudiantes con discapacidad. Esas adaptaciones deben garantizar igualdad de condiciones sin rebajar el nivel académico exigido.

El paro académico ya figura en la ley y requiere un procedimiento

El paro académico aparece entre las medidas destacadas del proyecto, pero está reconocido en el artículo 33 de la ley universitaria de 2023. Puede ser total o parcial y debe respetar el derecho a la educación. Corresponde a las universidades desarrollar sus condiciones y el procedimiento para declararlo mediante los órganos de representación estudiantil. Por eso, el reconocimiento legal no equivale a una autorización individual para faltar a cualquier evaluación. La regulación del centro y la convocatoria correspondiente permiten determinar cómo afecta a cada actividad.

Los estudiantes pueden consultar desde ahora sus normas de matrícula, permanencia, evaluación y adaptación de estudios. Para una petición concreta, resulta útil identificar la asignatura afectada, aportar la documentación requerida y utilizar el procedimiento universitario correspondiente. El Estatuto de 2010 también prevé la intervención del Defensor Universitario para garantizar derechos.

El alcance anunciado de la reforma puede comprobarse en la comunicación del Ministerio de Ciencia.

Redacción Infoemplea2

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