El INSS actualiza la lista de enfermedades que garantizan el 100% de la pensión por incapacidad permanente

La pensión por incapacidad permanente es una prestación económica destinada a aquellas personas que, debido a una enfermedad o accidente, no pueden seguir trabajando. En 2025, la Seguridad Social contempla hasta cuatro grados de incapacidad: total, parcial, absoluta y gran invalidez. Pero, ¿sabías que algunas enfermedades permiten acceder a la pensión por incapacidad permanente en su grado máximo, es decir, el 100%? A continuación, te contamos qué enfermedades otorgan este derecho.

¿Qué es la pensión por incapacidad permanente y quién puede solicitarla?

La pensión por incapacidad permanente es una ayuda económica para aquellos que no pueden realizar su trabajo habitual debido a una enfermedad o accidente. Su objetivo principal es compensar la pérdida de ingresos que sufre el trabajador afectado.

Esta pensión se clasifica en diferentes grados, según la gravedad de la incapacidad, que van desde el grado parcial hasta el grado absoluto. Además, existen situaciones de gran invalidez, que es el nivel más severo.

Para acceder a la pensión por incapacidad permanente, el trabajador debe someterse a un examen por parte del equipo de valoración de incapacidades (EVI) que determinará si la persona cumple con los requisitos establecidos. La incapacidad debe ser igual o superior al 33% para la actividad habitual.

¿Qué enfermedades otorgan el 100% de la pensión por incapacidad permanente?

Algunas enfermedades otorgan el derecho a percibir el 100% de la base reguladora de la pensión por incapacidad permanente. Esto quiere decir que, si sufres alguna de estas condiciones y no puedes realizar tu trabajo, puedes recibir la pensión completa. El Tribunal Médico de la Seguridad Social es el encargado de certificar que la enfermedad cumple con los criterios establecidos para otorgar la pensión en su grado máximo.

Estas son algunas de las enfermedades que, bajo valoración médica, pueden dar derecho al 100% de la pensión por incapacidad permanente:

  • Alcoholismo
  • Agorafobia
  • Alzheimer
  • Ansiedad
  • Aneurisma
  • Apnea del sueño
  • Arteriosclerosis
  • Artritis y artrosis reumatoide
  • Asma
  • Cáncer
  • Cardiopatías
  • Enfermedad de caderas y de hombro
  • Colitis ulcerosa
  • Demencia
  • Epilepsia
  • ELA (Esclerosis Lateral Amiotrófica)
  • Esquizofrenia
  • Fibromialgia
  • Glaucoma
  • Hernia cervical
  • Insuficiencia renal crónica
  • Lupus
  • Obesidad mórbida
  • Parkinson
  • Esclerosis múltiple
  • Síndrome de estrés postraumático

Si te preguntas si tu enfermedad podría ser una de ellas, lo mejor es consultar con un profesional que pueda orientarte sobre el procedimiento de solicitud.

¿Cómo solicitar la pensión por incapacidad permanente?

El proceso para solicitar la pensión por incapacidad permanente no es complicado, pero sí requiere cumplir con una serie de trámites. Si deseas solicitar esta pensión, ya sea por incapacidad total, absoluta o gran invalidez, deberás seguir los siguientes pasos:

PasoDescripción
1. Solicitar cita para valoración médicaDirígete al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para pedir una cita con el equipo de valoración de incapacidades. Esta cita es clave para determinar el grado de incapacidad.
2. Presentar documentación médicaDeberás presentar la documentación médica que respalde tu enfermedad o accidente, incluyendo informes, pruebas diagnósticas, etc.
3. Examen médicoEl equipo de valoración llevará a cabo una serie de pruebas médicas para valorar tu estado de salud y determinar el grado de incapacidad.
4. Resolución de la solicitudUna vez realizada la valoración médica, recibirás una resolución sobre tu solicitud. Si es positiva, podrás acceder a la pensión por incapacidad permanente.

Puedes realizar la solicitud de manera presencial en las oficinas del INSS o de manera online a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, lo que facilita el proceso sin necesidad de desplazarse.

¿Cuál es el importe de la pensión por incapacidad permanente?

El importe de la pensión varía en función de diversos factores, como el grado de incapacidad reconocido y la base de cotización que el trabajador haya tenido a lo largo de su vida laboral. En cualquier caso, el objetivo de la pensión por incapacidad permanente es garantizar un sustento económico a aquellas personas que no pueden seguir desempeñando su trabajo habitual.

¿Te preguntas si tienes derecho a la pensión? Si crees que sufres alguna de las enfermedades mencionadas o cualquier otra que te impide seguir trabajando, no dudes en consultar con los servicios de la Seguridad Social para valorar tu situación.

La pensión por incapacidad permanente es una herramienta esencial para quienes se enfrentan a enfermedades graves que les impiden trabajar. Si estás en esta situación, es fundamental que conozcas tus derechos y sigas el procedimiento adecuado para solicitar la ayuda correspondiente. La Seguridad Social ofrece apoyo a quienes más lo necesitan, así que si tienes dudas sobre tu caso, consulta con un profesional para conocer las opciones disponibles.

9 comentarios en «El INSS actualiza la lista de enfermedades que garantizan el 100% de la pensión por incapacidad permanente»

  1. Esta página está desactualizada. La ley 8/2021 de 2 de junio ha modificado las leyes sobre incapacidades permanentes y ya no se puede incapacitar a nadie y se ha sustituido por apoyos voluntarios, como la curatela y la guarda de hecho. Y ahora, se tienen que respetar las decisiones de las personas con discapacidad y no pueden ser sustituidas. Y la figura del tutor y la tutela ya no existen.

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  2. Hola buenas a mi marido nunca a pasado nada pero ahora esta de baja por el corazon estuvo entubado y igresado 1 mes vigilando aver quetal se reacciona a la medicacion y no se si sera el caso de su icapacidad

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  3. Hola buenas tardes hace unos 12 años me dieron un 33 por ciento de incapacidad por un epoc pero pasando los años he ido a peor y hando en tratamiento por un cáncer de pulmón que parece que se ha estacionado de momento pero me lo siguen tratando y me ha salido algo de arritmia al corazón y yo me preguntó si podría pasar otra yo por el tribunal médico para ver si tuviera más grados de incapacidad porque de pensión me ha quedado muy poco estoy cobrando 858 euros y mí espoc está calificado de muy grave estoy en casa 24 horas con oxigeno y sí salgo a la calle una mochilita de oxigeno porfavor me podrían informar gracias

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  4. Tengo apnea del sueño pero a un nivel alto además llevo dos sten he tenido un infarto que me quedé muerto y me recuperaron y. después otro además de cáncer de laringe no puedo subir ni dos pisos y ahora los pulmones respiro al mínimo no puedo trabajar y resulta que me dan un 49 solo cobro la renta de mayores de 52 que además la empresa última que trabajé 9años el dueño se fue y nos dejó tirados dados de alta que para cobrar una miseria dos años y pagando abogado encima ,esto es normal me parece que lo que dice los que tienen derecho a incapacidad del 100×100 es falso además me echan del piso por no poder pagar por qué con 480€ como lo haces señores esto da pena gracias si alguien lo lee

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  5. Hola, tengo diagnosticado artritis, fibromialgia, dos hernias discal en cervicales….más un trastorno de la personalidad….reconocido 66% de minusvalía, cobro una pensión no contributiva 560€, nunca me han asesorado ni explicado que significa, me siento como un desecho de la sociedad

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