El SEPE confirma que podrás recibir la prestación por desempleo y trabajar a tiempo completo si no ganas más de esta cantidad al mes

Las personas inscritas como demandantes de empleo podrán trabajar a jornada completa y seguir recibiendo la prestación siempre que su nómina no rebase el 375 % del IPREM.

El próximo martes, 1 de abril, arranca la medida más esperada de la reforma de subsidios que regula el Real Decreto‑ley 2/2024: ya será posible compatibilizar la prestación contributiva por desempleo con un empleo a tiempo completo, algo reservado hasta ahora a los contratos parciales. ¿La condición estrella? Que el sueldo bruto mensual no supere 2.250 euros, el 375 % del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM).

Cómo compatibilizar la prestación por desempleo con un trabajo a jornada completa desde abril de 2025

La posibilidad de enlazar nómina y paro llega primero para quienes generen derecho a la prestación a partir del 1 de abril de 2025 y lleven al menos nueve meses cobrándola. Para expedientes anteriores con duración reconocida de doce meses o más, la compatibilidad también será viable, pero deberá solicitarse expresamente ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

¿Te preguntas si afecta a tu contrato actual? Solo se admite si la empresa no está en un ERE ni te ha tenido en plantilla durante el último año. Además, quedan fuera las contrataciones de familiares hasta segundo grado.

Requisitos salariales y límites del complemento de apoyo al empleo que paga el SEPE

El llamado complemento de apoyo al empleo se calcula como un porcentaje del IPREM, hoy situado en 600 €, y se va reduciendo de forma progresiva: cuanto más tiempo lleves cobrando, menor será la ayuda. En ningún caso puede prolongarse más de 180 días.

Trimestre de percepciónJornada completa (% Iprem)Jornada parcial (% Iprem)
1.º trimestre60 % – 80 %75 % – 80 %
2.º trimestre40 % – 60 %55 % – 60 %
3.º trimestre25 % – 40 %35 % – 40 %
4.º trimestre15 % – 30 %20 % – 30 %
5.º y siguientes5 % – 20 %5 % – 20 %

Como ves, en contratos a jornada completa la cuantía máxima parte de 480 € y puede caer hasta 120 €. Quienes firmen un parcial verán importes entre 450 € y 30 €, según horas y antigüedad en el paro. ¡Ojo! Superar los 2.250 € de salario bruto corta automáticamente la compatibilidad.

Pasos y documentos necesarios para solicitar la compatibilidad en la oficina de empleo o por internet

Antes de lanzarte, repasa este listado con lo imprescindible:

  • Solicitud oficial cumplimentada (disponible en sedempleo.gob.es).
  • Contrato de trabajo registrado en Contrat@ o copia sellada.
  • Informe de vida laboral actualizado.
  • Declaración de rentas para acreditar que no se excede el 375 % del IPREM.
  • Identificación (DNI/NIE) y número de cuenta bancaria.

Primero, formaliza el alta en la Seguridad Social y registra el contrato. Posteriormente, presenta la solicitud ante el SEPE en los quince días hábiles siguientes. Puedes hacerlo:

  1. Vía telemática, con certificado digital o Cl@ve.
  2. De forma presencial, con cita previa en la oficina de prestaciones.

¿Lo sabías? El SEPE admite que la empresa comunique directamente la compatibilidad, aunque siempre es aconsejable que el trabajador conserve justificantes.

Duración, cuantías y casos especiales como el subsidio para mayores de 52 años que también se benefician

La compatibilidad dura exactamente lo que reste de prestación con un tope de seis meses. Si entras a trabajar cuando solo te quedan 30 días de paro, cobrarás un mes el complemento; si aún dispones de nueve o más meses, disfrutarás de todo el semestre.

En el subsidio para mayores de 52 años cambian un par de reglas: permite contratos indefinidos o temporales de más de tres meses, siempre que el beneficiario mantenga ingresos propios inferiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Por tanto, puede compaginar la ayuda con un salario completo sin perder la cotización para su futura pensión.

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