El SEPE informa que los mayores de 52 años solo podrán seguir cobrando el subsidio hasta cumplir esta edad

El subsidio para mayores de 52 años es una de las ayudas más consultadas del SEPE. En el programa Madrid Trabaja (Telemadrid), la asesora María José Gómez resolvió dudas frecuentes: cuándo solicitarlo, cómo afecta cumplir 65 y qué pasa si se imparte formación remunerada.

Requisitos del subsidio para mayores de 52 del SEPE y la inscripción ininterrumpida

¿Quién puede pedirlo y cuándo? Se puede acceder al cumplir 52 años si se reúnen los requisitos de edad, rentas y cotización, tras agotar una prestación contributiva o contando con al menos 90 días nuevos cotizados en situación legal de desempleo. También si esa situación se produjo antes de los 52, siempre que la inscripción como demandante de empleo haya sido ininterrumpida.

El matiz es clave: interrumpir el “sellado” puede hacer perder el derecho. Legalmente se entiende la inscripción ininterrumpida si cada parada fue por menos de 90 días y no computa el tiempo trabajado.

  • Para acceder: cumplir edad, rentas y cotización; haber agotado prestación contributiva o tener 90 días nuevos cotizados en situación legal de desempleo; mantener la inscripción ininterrumpida (paradas inferiores a 90 días y sin contar periodos trabajados); solicitar dentro de los 15 días posteriores a cumplir 52 (si se pide más tarde, se reconoce desde la solicitud, sin retroactividad).

¿Vas a cumplir 52 en breve? Ojo con el plazo: solicitar dentro de esos quince días evita perder meses de cobertura.

Qué pasa al cumplir 65 años con el subsidio y cómo reanudarlo

En un contexto de retraso progresivo de la edad de jubilación, al llegar a los 65 el subsidio se interrumpe por ser la primera edad posible para la jubilación ordinaria. No se puede seguir cobrando si se puede acceder a la jubilación ordinaria.

¿Y si no se tienen los 38 años y tres meses cotizados que se exigen para jubilarse a los 65? En ese caso, puede reanudarse el subsidio solicitándolo de inmediato. Basta con aportar un certificado del INSS que lo confirme, o autorizar al SEPE a recabarlo.

La rapidez importa para no quedarse sin ingresos. En palabras de Gómez: “La recomendación es que, cuando antes solicite la reanudación del subsidio de mayores de 52, si se le interrumpe por haber llegado a los 65 años, mejor, porque así sigue cobrando y cotizando sin ningún problema y sin un parón”. El trámite puede hacerse presencialmente o mediante presolicitud online, identificándose por SMS, sin certificado digital.

Compatibilidad del subsidio con impartir formación y comunicación obligatoria al SEPE

¿Piensas impartir formación remunerada? Hay dos escenarios: con alta en Seguridad Social o sin alta. En ambos, primero hay que comunicarlo al SEPE; este interrumpirá la prestación y, al terminar la actividad y volver al desempleo, se solicita la reanudación.

A continuación, se resume qué hacer en cada caso:

EscenarioQué comunicar al SEPE y trámiteEfecto en la prestación
Con alta en Seguridad SocialComunicar la actividad; puede pedirse compatibilidad con la prestación; el SEPE interrumpe durante la actividad y, al regresar al desempleo, se solicita la reanudación.Interrupción temporal; posible compatibilidad con contrato.
Sin alta en Seguridad SocialComunicar la actividad; declarar lo percibido y el periodo trabajado; posteriormente, pedir la reanudación.Interrupción y descuento de esos días por considerarse actividad a tiempo completo.

La clave es simple: informar antes y reanudar después. Más claro, agua.

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