Cuando termina un contrato y quedan vacaciones pendientes, no se puede pedir el paro de inmediato. El Servicio Público de Empleo ha recordado que, mientras existan vacaciones generadas y abonadas, pero no disfrutadas, la relación laboral sigue vigente a efectos legales y, por tanto, no existe situación legal de desempleo ni empieza el plazo para solicitar la prestación.
Cuándo empieza el plazo del SEPE para solicitar el paro con vacaciones pendientes
¿Entonces, cuándo empieza realmente el plazo? No es el día de la firma del finiquito. Para el SEPE, el cómputo arranca cuando se han consumido (o abonado y contabilizado) todos los días de vacaciones acumulados. Es decir, esas vacaciones pagadas cuentan como días trabajados, por lo que la baja efectiva llega después.
Si un contrato finaliza el 30 de junio y quedan cinco días de vacaciones, la relación laboral termina a efectos del SEPE el 5 de julio. Desde esa fecha se activan los 15 días hábiles para solicitar la prestación. Presentar la solicitud antes puede implicar su denegación.
Cómo acreditar la situación legal de desempleo ante el SEPE correctamente
La fecha de baja que figure en el certificado de empresa es clave: con ella el SEPE comprueba si ya existe situación legal de desempleo. Si ese dato no se ajusta a las vacaciones abonadas, pueden surgir retrasos o incidencias en la tramitación. Por lo tanto, conviene revisar que el certificado refleje la fecha efectiva tras agotar las vacaciones generadas.
No es obligatorio acudir el mismo día en que termina la relación laboral. La normativa concede un margen de 15 días hábiles desde que realmente finaliza la obligación laboral (tras las vacaciones) para pedir la prestación. Este plazo permite organizar la cita, reunir la documentación y asegurarse de que la fecha es la correcta.
A continuación te recordamos los canales de información disponibles para resolver dudas y evitar errores.
- Página web oficial del SEPE
- Atención telefónica
- Oficinas presenciales con cita previa
- Perfiles en redes sociales con respuestas a preguntas frecuentes
Estos canales son útiles para confirmar la fecha efectiva de baja, entender el cómputo de plazos y conocer los pasos del trámite.
Recomendaciones para no perder la prestación por desempleo del SEPE
En primer lugar, verifica si tienes vacaciones pendientes y cuántos días suman. En segundo lugar, confirma que esas vacaciones, aunque se abonen en el finiquito, se contabilizan como días trabajados y retrasan la fecha efectiva de baja. Posteriormente, comprueba que el certificado de empresa coincide con ese último día. Por último, solicita la prestación dentro de los 15 días hábiles desde la fecha correcta. ¿Sencillo? Sí, pero un pequeño desajuste puede costar tiempo y quebraderos de cabeza.
En conclusión, conocer con precisión el concepto de situación legal de desempleo y su relación con las vacaciones pendientes evita denegaciones y trámites duplicados. De ahí que revisar la documentación y usar los canales de información del SEPE sea tan importante para no perder derechos.