El Tribunal Superior de Justicia ha condenado a la Seguridad Social a abonar una pensión de por vida a una mujer con fibromialgia y fatiga crónica en Lleida

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Publicado por Infoemplea2
Fecha de publicación: 5 de diciembre de 2025 a las 13:59
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Puntos de dolor de la fibromialgia y fatiga crónica en el cuerpo humano

El tribunal reconoce una incapacidad permanente total a la trabajadora autónoma, de 49 años, tras la negativa inicial del Instituto Nacional de la Seguridad Social. La pensión será vitalicia y equivalente al 55% de su base reguladora.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a abonar una pensión a una quiromasajista de Lleida que padece fibromialgia. La resolución reconoce a la trabajadora una incapacidad permanente total para su profesión habitual, corrigiendo así el criterio del organismo, que había rechazado su solicitud en vía administrativa.

Según la sentencia, el Juzgado de lo Social número 1 de Lleida ya había dado la razón a la afectada, aceptando su demanda y declarando su situación de incapacidad permanente total en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. En esa primera resolución se fijó que el INSS debía pagarle una pensión vitalicia mensual equivalente al 55% de su base reguladora, después de que la Seguridad Social entendiera que sus lesiones no alcanzaban “un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral”.

El TSJC reconoce la incapacidad permanente total y corrige el criterio de la Seguridad Social

El conflicto se originó cuando la trabajadora, quiromasajista autónoma de 49 años, vio rechazada su petición de incapacidad durante el procedimiento administrativo ante la Seguridad Social. Ante esa negativa, decidió acudir a los tribunales para que se valorara el alcance real de sus dolencias y su repercusión en el desempeño de su profesión.

Los informes médicos incorporados al procedimiento concluyen que la mujer padece fibromialgia, síndrome de fatiga crónica y sensibilidad química múltiple, todos en grado III, además de otras patologías asociadas como ansiedad y migraña crónica. El TSJC señala en su fallo que “nos parece evidente que las dolencias recogidas en el informe médico, por su gravedad y afectación generalizada, son incompatibles con los requerimientos tanto físicos como psíquicos de la profesión habitual”.

Fibromialgia, fatiga crónica y sensibilidad química múltiple limitan su profesión

A la luz de estos informes, tanto el Juzgado de lo Social como posteriormente el TSJC consideran acreditado que el conjunto de enfermedades y síntomas que sufre la trabajadora le impide continuar ejerciendo como quiromasajista. En este sentido, los magistrados subrayan la afectación generalizada y la intensidad de las dolencias, que chocan con las exigencias físicas y mentales propias de esta actividad profesional.

Por este motivo, la sentencia ratifica el reconocimiento de la incapacidad permanente total para su profesión habitual y confirma el derecho a percibir una pensión vitalicia equivalente al 55% de la base reguladora. La resolución supone que la Seguridad Social deberá asumir el pago de la prestación, en contra de su postura inicial durante el trámite administrativo.

Más de 10.000 personas con fibromialgia en Lleida y procesos de incapacidad muy complejos

El caso se enmarca en una realidad creciente en la provincia. En Lleida hay más de 10.000 personas afectadas por fibromialgia, entre 300 y 600 por síndrome de fatiga crónica y entre 50 y 70 por sensibilidad química múltiple. Las cifras podrían ser aún mayores, al no existir un registro oficial que recoja de forma exhaustiva todos los diagnósticos.

Desde Fibrolleida advierten de que los procesos de incapacidad son muy complicados y que muchas personas se ven obligadas a dejar de trabajar sin poder acceder ni a una baja ni a una incapacidad reconocida. La entidad también destaca que ha descendido la edad media de los afectados: si antes se situaba entre los 45 y los 50 años, ahora se extiende desde los 25 hasta los 60. En este contexto, la sentencia del TSJC pone de relieve las dificultades de este colectivo para obtener el reconocimiento de sus limitaciones en el ámbito laboral.

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