Una agente operativa de Correos en Sant Cugat del Vallès, que encadenó 84 contratos temporales desde 2003, logra que se confirme la improcedencia de su despido y que se recalcule su indemnización hasta 9.810,57 euros.
Tras el cese comunicado en mayo de 2023, la trabajadora demandó a Correos ante el Juzgado de lo Social número 2 de Terrassa por despido improcedente y posible contratación fraudulenta. La primera sentencia le dio la razón y la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña elevó después la cuantía.
84 contratos temporales en Correos de Sant Cugat del Vallès
La empleada prestó servicio como agente operativa en el centro de trabajo de Sant Cugat del Vallès (Barcelona) desde 2003. En veinte años firmó hasta 84 contratos temporales para tareas sustancialmente similares, bajo el III Convenio Colectivo de la empresa.
Durante ese tiempo encadenó períodos de baja por riesgo durante el embarazo y, más tarde, por maternidad. La incertidumbre laboral se materializó en mayo de 2023, cuando Correos comunicó el fin de su relación contractual.
Las gestiones internas y la bolsa de empleo de Correos en 2022 y conciliación
En 2022 solicitó adaptar su jornada al turno de mañana para compatibilizarla con la vida familiar y el cuidado de sus hijos. Sostuvo que, pese a esa petición, observó adjudicaciones de contratos a personas fuera de la bolsa de empleo con la misma condición de horario.
La empresa, por su parte, incluyó su perfil como no disponible en la bolsa de empleo. Esta circunstancia pasó a formar parte de los hechos relatados en la demanda presentada ante el Juzgado de lo Social.
El fallo judicial del Juzgado de lo Social y del TSJ catalán sobre el despido
El Juzgado de lo Social número 2 de Terrassa declaró el despido improcedente, ofreciendo a la empresa la opción de readmitir a la trabajadora o abonar una indemnización de 949,41 euros. La extrabajadora recurrió en busca de una compensación proporcionada a su trayectoria.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña rechazó que existiera una relación directa entre sus solicitudes de conciliación y el cese. Mantuvo la calificación de improcedente, constató contrataciones posteriores durante el ejercicio de sus derechos por bajas y elevó la indemnización hasta 9.810,57 euros.
Despido improcedente, indemnización y prácticas de contratación en Correos
El asunto evidencia que las deficiencias en la gestión del despido y la falta de claridad sobre funciones, horarios y condiciones salariales derivan en litigios. La jurisprudencia insiste en formalizar estas cuestiones y en justificar de forma objetiva cualquier rescisión para evitar conflictos y costes innecesarios.
En este sentido, el pronunciamiento refuerza la necesidad de revisar las políticas de contratación temporal y el uso de la bolsa de empleo cuando se repiten tareas similares durante años. Para Correos y para cualquier empresa, la transparencia y el respeto de los cauces legales reducen el riesgo de indemnizaciones; para los trabajadores, confirma que la persistencia procesal puede corregir desequilibrios.