La ayuda para acreditar inglés cubre tasas ya pagadas y se adjudica por puntuación. La edad y el empadronamiento se comprueban al inicio del plazo.
El Ayuntamiento de Elche mantiene abierta hasta el 30 de septiembre de 2026 su ayuda para acreditar inglés, con un máximo de 120 euros. La convocatoria financia certificados B1, B2, C1 y C2 obtenidos entre el 16 de septiembre de 2025 y el 15 de septiembre de 2026. Las bases fijan un límite adicional: nadie puede recibir más de las tasas abonadas. Ese detalle determina cuánto recuperará cada solicitante, aunque reúna todos los requisitos.
La ayuda para acreditar inglés sube un 20%, pero depende del gasto
La cuantía máxima aumenta desde los 100 euros de la convocatoria anterior. Son 20 euros adicionales, equivalentes a una subida del 20%, según el cálculo entre ambos importes. El Ayuntamiento recordó la apertura del plazo el 26 de agosto y mantiene una partida de 20.000 euros. El apoyo se refiere al examen y la certificación, mientras los cursos gratuitos de idiomas pertenecen a otra fase del aprendizaje. Haber realizado formación, por sí solo, no acredita el derecho a esta subvención municipal.
Una persona que justifique 90 euros de tasas podrá recibir como máximo esos 90 euros. Si acredita un gasto subvencionable de 150 euros, el límite será de 120 y asumirá los 30 restantes. Son ejemplos propios de aplicación del techo económico, sujetos a la concesión de la ayuda. En las escuelas oficiales de idiomas pueden incluirse las tasas de inscripción a la prueba y de certificación académica previstas en las bases. Solo se admite una ayuda por persona y nivel de competencia.
Tener entre 18 y 30 años se comprueba a fecha de 1 de septiembre
La edad exigida debe cumplirse cuando comienza el plazo, el 1 de septiembre de 2026. Esa misma fecha determina el empadronamiento en Elche, que comprueba de oficio el Ayuntamiento. También se necesita una cuenta bancaria a nombre del solicitante. No basta con utilizar la cuenta de un familiar si quien pide la ayuda no figura como titular. Además, quedan excluidas las certificaciones obtenidas mediante ESO, Bachillerato o grado universitario. Los certificados admitidos remiten al listado autonómico recogido expresamente en la convocatoria.
El solicitante no puede haber recibido otra beca o subvención para la misma finalidad. Debe estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el propio Ayuntamiento, tanto para acceder como para cobrar. Quien necesite verificar su situación puede consultar cómo obtener el certificado de deudas de la Seguridad Social. El formulario incluye declaraciones responsables sobre estas obligaciones. Presentar una solicitud no sustituye el cumplimiento de las condiciones, y la Administración puede comprobar que la información aportada coincide con los registros.
La renta pesa más que el nivel del certificado en la puntuación
Las solicitudes compiten mediante un baremo de hasta 12 puntos. La renta aporta hasta seis, el nivel acreditado hasta cinco y la discapacidad un punto. El certificado C2 suma cinco puntos; C1, cuatro; B2, tres; y B1, dos. Para el punto adicional por discapacidad, las bases exigen un grado reconocido igual o superior al 33%. No establecen ese reconocimiento como requisito general para participar. Una persona sin discapacidad puede solicitar la subvención y obtener puntos por los otros dos criterios.
La unidad de convivencia incluye a quienes figuran empadronados en la misma vivienda, aunque no exista parentesco. Para el cálculo se consideran los miembros que tenían cumplidos 16 años el 31 de diciembre de 2025. Las bases remiten a la casilla 435 del IRPF de 2025 y detallan la operación para valorar la renta. Un B1 con seis puntos económicos suma ocho; un C2 con dos suma siete. Este ejemplo muestra por qué el certificado superior no garantiza prioridad. Los empates favorecen la menor renta.
Qué documentos presentar y cuánto puede tardar la resolución
La petición se tramita con el modelo A362 en la sede electrónica municipal o presencialmente en una oficina OMAC. También puede actuar un representante. Deben aportarse el título o su solicitud de expedición, el justificante bancario y la documentación del gasto. Para certificados ajenos a una EOI se exige factura y justificante de pago a nombre del solicitante. En la EOI corresponde el modelo A46 sellado por la entidad bancaria. La información del certificado debe identificar al titular, organismo expedidor, idioma y nivel.
Si faltan documentos, el Ayuntamiento concede diez días hábiles para subsanar antes de declarar el desistimiento mediante resolución. El plazo máximo para resolver es de seis meses desde el cierre de solicitudes. Por tanto, el 30 de septiembre marca el último día para pedirla, no una fecha de ingreso.
Las bases indican que la ayuda tributa en el IRPF y permiten reposición frente a una resolución expresa durante un mes. El detalle documental puede comprobarse en las bases oficiales de la convocatoria.