El aviso de un abogado laboralista y el marco legal de 2025 recuerdan que jornada es trabajo efectivo, no estar en la puerta. Salir corriendo a «en punto» puede acarrear sanciones. ¿Eras de quienes pensaban que fichar exactamente a la hora era intocable?
Salir del trabajo justo al minuto exacto, bolso y chaqueta en mano, es un error común que puede costar caro. La normativa exige que, si tu jornada termina a las 15:00, a esa hora sigas en tu puesto cerrando tareas y apagando el equipo. Preparar la salida antes se descuenta.
Qué implica legalmente cumplir la jornada laboral hasta la hora exacta
El especialista @tiolegal lo resume con claridad: “Si tu jornada termina a las 3, eso significa que a esa hora debes estar apagando tu ordenador y recogiendo para irte, no en la puerta ni fichando justo a esa hora”. La obligación es estar en tu puesto hasta el final del horario pactado; el fichaje refleja el tiempo de trabajo efectivo, no el mero paso por el lector. Por lo tanto, si necesitas recoger, desalojar el puesto o ponerte la chaqueta, ese tiempo cuenta después de terminar la labor. ¿Y si fichas “al minuto” cada día? Puede considerarse incumplimiento.
Cómo afecta el nuevo marco legal y la inspección en el registro horario
El nuevo marco legal endurece estas prácticas. La Inspección de Trabajo puede requerir registros y sancionar tanto al trabajador que incumple como a la empresa que no vigila que el fichaje refleje la realidad. Las multas van desde 625 a más de 7.500 euros por empleado cuando hay reiteración o mala fe, con posibilidad de aumento en plantillas numerosas o reincidencia. Además, por el Real Decreto-Ley 8/2019 y las novedades de 2025, las empresas deben mantener un registro horario diario, fiable y digitalizado, con la hora exacta de entrada y salida. Hojas firmadas, registros editables, Excel o apps simples ya no son válidos: la trazabilidad es clave y debe conservarse cuatro años.
Para que no haya dudas, estas son las claves del control horario que exige la ley y sus consecuencias más habituales:
| Aspecto | Detalle legal |
|---|---|
| Registro horario diario | Obligatorio, con entrada y salida exactas y orientado al trabajo efectivo |
| Validez de sistemas | Solo registros digitales trazables y certificados, accesibles durante cuatro años |
| Inspección y sanciones | Infracción grave; multas desde 625 a más de 7.500 euros por empleado, mayores por reincidencia |
| Prácticas no válidas | Hojas en papel, Excel, apps simples o registros editables y con modificaciones |
Fichar y marcharse al instante, o fichar y quedarse después, no reflejan la realidad y pueden derivar en sanciónes para ambas partes.
Recomendaciones para evitar sanciones por el registro horario obligatorio
No te la juegues: es sencillo adaptar tus costumbres y evitar disgustos del Ministerio de Trabajo y la Inspección.
- Llega antes de tu hora: si empiezas a las 8, debes estar sentado y listo para trabajar a esa hora.
- Termina tu trabajo antes de desconectar: si sales a las 15:00, recoge tras apagar tu equipo, no antes.
- Usa solamente sistemas homologados: los métodos digitales son obligatorios; papel o apps poco seguras ya no sirven.
- No manipules el registro: ni la empresa ni el empleado pueden alterar los horarios declarados.
Cumplir la jornada no es cuestión de segundos, sino de transparencia y responsabilidad. Ojo: las inspecciones sorpresa se multiplican e “ignorar” la norma ya no es excusa.







