La Agencia Tributaria recuerda que todos los contribuyentes obligados deben presentar la declaración de la Renta 2024 antes del lunes 30 de junio de 2025; quien se retrase se expone a sanciones mínimas de 100 € y máximas del 150 % de la deuda.
El reloj corre: el 30 de junio es el último día para que los obligados presenten la declaración del IRPF correspondiente a 2024. No importa si el resultado es a pagar o a devolver; ignorar el trámite puede costar caro. La Ley 35/2006 y la Ley General Tributaria fijan recargos progresivos y fuertes multas para quienes incumplan los plazos.
Quiénes están obligados a presentar la declaración y por qué no conviene ignorarlo
¿Tienes ingresos del trabajo superiores a 22.000 € anuales con un solo pagador o más de 15.000 € con dos o más? Entonces debes presentar la Renta. También están obligados quienes obtuvieron rendimientos del capital superiores a 1.600 €, autónomos, beneficiarios del IMV y contribuyentes con ganancias patrimoniales sujetas a retención.
No hacerlo a tiempo implica un riesgo económico innecesario: Hacienda puede exigir el pago inmediato, sumar intereses de demora y, además, sancionar.
Fechas clave de la campaña de la Renta 2024 y último día permitido para cumplir el trámite
- 3 de abril de 2025: apertura para presentar por internet (Renta WEB).
- 7 de mayo de 2025: inicio del plan “Le llamamos” para confección telefónica.
- 3 de junio de 2025: comienzo de la asistencia presencial en oficinas.
- 30 de junio de 2025 (lunes): fin de la campaña para todas las vías. ¡Sin prórrogas!
El año pasado el plazo se alargó un día al caer en domingo, pero esta vez termina en lunes y no hay margen adicional.
Multas y recargos detallados por presentar la declaración fuera de plazo según la Ley General Tributaria
Antes de ver los números, pregúntate: ¿merece la pena arriesgarse por un simple descuido? A continuación, los importes que contempla la normativa:
Situación | Cuándo la detecta | Importe o recargo |
---|---|---|
Declaración a devolver o cero, presentada voluntariamente fuera de plazo | Contribuyente | 100 € de sanción fija |
Declaración a devolver o cero, fuera de plazo detectada por Hacienda | Administración | 200 € de sanción fija |
Declaración a pagar, sin requerimiento previo | Contribuyente | Recargos art. 27 LGT: • Hasta 3 meses: 5 % • 3‑6 meses: 10 % • 6‑12 meses: 15 % • Más de 12 meses: 20 % + intereses |
Declaración a pagar, con requerimiento de Hacienda | Administración | Multa del 50 % al 150 % de la deuda |
Si abonas la sanción en el plazo voluntario de cinco días hábiles y renuncias a recurrir, se aplica una reducción automática del 25 %. A continuación te presentamos un paso a paso para presentar la declaración por internet, teléfono o de forma presencial sin contratiempos:
- Reúne la documentación: DNI, número de referencia o Cl@ve, certificados de retenciones, justificantes de deducciones (hipoteca, alquiler, donaciones) y datos de inmuebles.
- Accede a Renta WEB: entra en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, revisa el borrador y corrige datos si es necesario.
- Confirma y presenta: valida el resultado, selecciona IBAN si sale a devolver o forma de ingreso si sale a pagar.
- Descarga y guarda el PDF: recibirás tu justificante de presentación; guárdalo.
- ¿Prefieres ayuda? Solicita cita telefónica desde el 29 de abril o presencial desde el 29 de mayo. El día asignado, lleva la documentación original y copia.
La Agencia Tributaria centraliza el procedimiento, pero colaboran Seguridad Social (para prestaciones), bancos (domiciliaciones) y comunidades autónomas (deducciones autonómicas). Ten a mano:
- Identificación: DNI/NIE de todos los declarantes.
- Información fiscal previa: disponible en tu “datos fiscales” de la Sede Electrónica.
- Certificados de la empresa o pagadores: nóminas, pensiones, prestaciones del SEPE.
- Recibos de IBI y referencias catastrales: necesarios para deducciones de vivienda.
- Justificantes de aportaciones y donativos: planes de pensiones, ONGs, sindicatos.
¿Te interesa saber más? Llama al 91 553 00 71 o consulta el 060 para resolver dudas específicas.