Hacienda ofrece un apoyo económico de 1.150 euros para quienes conviven con padres o abuelos mayores de 65 años

Si cuidas a tu padre o abuelo, el IRPF reconoce el “mínimo por ascendientes”, vigente desde el 21 de junio de 2022, que reduce la base imponible y puede aliviar la declaración de la renta.

Quienes conviven con padres o abuelos mayores pueden aplicar este mínimo en la renta. La Agencia Tributaria lo regula en los artículos 59 y 60 de la Ley 35/2006 del IRPF, con importes que crecen por edad y discapacidad. ¿Quieres saber si cumples y cuánto podrías reducir?

Cómo funciona el mínimo por ascendientes del IRPF para mayores y cuidadores

El “mínimo por ascendientes” es de 1.150 euros anuales por cada familiar de 65 años o más. Si el ascendiente supera los 75 años, el mínimo asciende a 2.550 euros. Solo cuentan los parientes en línea recta por consanguinidad o adopción (padres, abuelos, bisabuelos). Quedan fuera suegros, padrastros u otros parientes por afinidad o colaterales.

Además, si el ascendiente tiene reconocida una discapacidad, se suman mínimos adicionales: 3.000 euros cuando el grado supera el 33% y 9.000 euros si es igual o superior al 65%. Y, cuando existe movilidad reducida o necesidad de ayuda de terceros, se añaden 3.000 euros más. De hecho, en los casos más extremos el beneficio fiscal puede alcanzar los 11.550 euros anuales.

A continuación, un resumen práctico de importes y complementos:

ConceptoImporte anual
Mínimo por ascendiente (65 años o más)1.150 €
Ascendiente mayor de 75 años2.550 €
Discapacidad > 33% (adicional)+3.000 €
Discapacidad ≥ 65% (adicional)+9.000 €
Movilidad reducida o ayuda de terceros (adicional)+3.000 €
Beneficio fiscal en casos más extremos11.550 €

Como ves, ni tan mal si convives y te haces cargo de un familiar directo.

Requisitos clave para aplicar el mínimo por ascendientes en la renta

Para optar a esta reducción hay que cumplir condiciones concretas. ¿Cuáles son las esenciales?

  • Ascendiente mayor de 65 años o con discapacidad reconocida igual o superior al 33% por órgano competente (habitualmente, la Comunidad Autónoma o el INMERSO). En caso de discapacidad, no se exige la edad.
  • Convivencia con el contribuyente al menos medio año; excepción: estancia en centro especializado si existe dependencia económica.
  • Ingresos propios del ascendiente no superiores a 8.000 euros anuales (sin impuestos).
  • El ascendiente no puede declarar un IRPF mayor a 1.800 euros.

¿Te preguntas si tu caso encaja? Por ejemplo, quien cuida y vive con su madre de 68 años que percibe una pensión de 7.200 euros anuales cumple los requisitos.

Casos particulares, reparto entre familiares y convivencia mínima exigida por Hacienda

Si el ascendiente fallece, el mínimo solo se aplica si se ha convivido al menos 6 de los 12 meses anteriores. Cuando varias personas se ocupan del mismo ascendiente (por ejemplo, dos hijos), el mínimo debe repartirse o asignarse a quien tenga parentesco más cercano. Por otro lado, si el familiar reside en un centro especializado pero depende económicamente de quien declara, puede mantenerse el derecho al mínimo.

En definitiva, conviene revisar la situación familiar y, si se cumplen las condiciones, aplicar el “mínimo por ascendientes” para cuidar también del bolsillo.

24 comentarios en «Hacienda ofrece un apoyo económico de 1.150 euros para quienes conviven con padres o abuelos mayores de 65 años»

    • Así es, estoy con mi madre desde 2019 tras la muerte de mi padre en el 18. Tiene una minusvalía del 80% sin meter las dos últimas intervenciones de columna, una dependencia de 2⁰grado y como lo que le quedó del aita es una pensión por la que le toca hacer declaración pues te jodes.
      Te dan 300€ al mes para que pagues una persona para ayuda, eso sí dándola de alta en la SS ETC Es decir no te llega no para tenerla 1h a la semana… Menuda ayuda para alguien que tb tiene un 58% de minusvalia

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      • Encuentro discriminatorio que solo sea para línea directa. Hay muchas personas solteras mayores y con discapacidad que son cuidadas por sobrinos, nietos, primos u hermanos. Encima de tener una discapacidad del 67% , al ser soltera sin hijos ni pareja, los familiares no directos que la cuidan ( e incluso amistades) no pueden beneficiarse de esta ley. Es decir cada vez más solos, más gastos para pagar a desconocidos cuando podrían ser cuidados o vivir con otros familiares o amistades y estos ser ayudados económicamente. Claramente discriminatorio para los tíos y tíos solteros

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    • No si una de las hijas tiene una incapacidad de más del 65 % ya no lo podría cuidar.
      Con la pensión que gana ya no le dan nada, debes ir a la asistenta social con todos los informes y que la diputación le asigne el tanto porciento de minusvalía y tb la dependencia al hacer el su declaración de la renta le devolverán dinero pero a él

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  1. Hola mi madre vive conmigo tiene una pensión de viudedad de 850 euros tiene un grado 3,y me dicen que no tengo derecho cuando hago la declaración de la renta,porque cobra 10.000 y algo al año,

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    • Pero aunque te digan que no hace falta que haga la declaración, que la haga. Xk con ese grado de dependencia le tienen k devolver dinero si o si. Y además tb necesitas el % de minusvalía. Ir a la asistenta social que mínimo serán 600€ de ayuda mensual

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      • O 700€ mensuales para ayuda a cuidados en domicilio, si son ellos la diputación quien os pone a una persona para que vaya todos los días una hora a hacerle el aseo cogerán de ahí el dinero. Ya que el dinero es para tenerle unos cuidados.

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      • Ojo! Respecto a la primera parte de la consulta , con 850€ al mes de una viudedad no te retienen nada de IRPF en la pensión , por lo tanto por mucho que haga la declaración si no le han retenido nada de IRPF no te puedes reducir nada , es decir, hacienda no paga dinero solo deduce de las retenciones realizadas .

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  2. Buenas tardes mi madre viuda con 93años y 75%de minusvalía pensión 850€ cuando hago mi declaración de la renta me dicen que no se puede desgravar nada por ella porque pasa del importe permitido…. ella no hace la declaración de la renta porque no está obligada hacerla . Sería conveniente que la hiciera? Tendría algunas desgravación?

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    • Una jubilada con pensión de 500€ mes que no está o ligada hacer la declaración si vive con su hija la hija y la hija cobra 24.000 anuales tiene derecho a meter a su madre en su declaración para deducirlo?

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  3. hola , yo tengo 66 años el.proximo mes me jubilo en España como autonomo. naci en Agentina pero tengo ciudadania Español. mi.madre y mi padre vivan en Argentina ,mi madre fallecio hsce 2 años y me traje a mi padre a Canarias y tiene 96 años. cobra la minima de Argentina, tengo alguna ayuda?

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  4. Volvemos a lo mismo , si en la pensión no hay retención y tampoco en los bancos o cualquier otro producto , va a dar lo mismo que la hagas o no . Si no hay retención no puede haber desgravación ni devolución .

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  5. Esa ayuda la cobra hoy día muy poca gente 8.000 euros por 14 pagas sale a 571,42 € al mes. Además la cantidad de 8.000 € hace muchos años que no sé revisa, con lo que cada vez lo cobrará menos gente. Como siempre vendiendo humo.

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  6. A ver yo cuido a mi hermana toda la vida ,pero cuando mi madre murió en el 2003 yo me hice cargo de ella ,24/7 por ser su hermana me puedo beneficiar de las ayudas ella tiene un 95% de discapacidad

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  7. Hola mi madre la cuido yo y mis hijos en casa y yo estoy con pruebas médicas para minusvalía por qué aveces no puedo ni caminar pero cobro 1000€ hijos estudiantes 22 y 14.
    Ambas aveces estamos mal y solas en casa siempre

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  8. Hola tengo una invalidez del 55% en el carnet de discapacidad pone que tengo una minusválida del 43, hi ahora me an detectado fibromialgia según el reumatólogo del 68.61%,cim esto puedo pedir que me amplíen la incapacidad ya existente.?

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