Hacienda propone mantener el 5% en los módulos de 2027 y elevar al 10% la reducción agraria de 2026

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Fecha de publicación: 25 de octubre de 2026
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El proyecto de módulos del IRPF abre observaciones hasta el 3 de noviembre. Las medidas agrarias exigen distinguir el ejercicio y las facturas.

Hacienda ha publicado el 22 de octubre de 2026 el proyecto de módulos del IRPF para 2027, con observaciones abiertas desde el día 23. Propone mantener la reducción general del 5% y añade medidas excepcionales para el campo. Estas últimas corresponden al ejercicio 2026, aunque aparezcan dentro de la orden del próximo año. La distinción afecta a las compras de gasóleo y fertilizantes que podrían reducir el rendimiento declarado. El texto todavía necesita aprobación y publicación en el BOE.

Los módulos del IRPF de 2027 conservarían la reducción del 5%

La propuesta conserva los importes e instrucciones de los módulos para 2027, tanto en IRPF como en el régimen simplificado del IVA. La reducción general del 5% ya figuraba en la orden de 2026, publicada el 11 de diciembre de 2025. Por tanto, mantenerla prolongaría un beneficio existente. El sistema alcanza actividades determinadas, entre ellas agricultura, ganadería, transporte y comercio minorista. No permite acogerse automáticamente a cualquier autónomo. Como sucede con el aplazamiento anunciado de VeriFactu, resulta necesario separar la propuesta del calendario legalmente aprobado.

El porcentaje se aplica al rendimiento neto de módulos. Por ejemplo, sobre 20.000 euros supondría una reducción de 1.000 euros, dejando 19.000 antes de las restantes operaciones que correspondan. Ese cálculo ilustrativo no equivale a recibir 1.000 euros ni a descontarlos directamente del impuesto final. El ahorro depende del resultado completo de la declaración. Además, el proyecto incorpora el 5% al cálculo de los pagos fraccionados de 2027. La memoria remite los límites de ingresos y compras a las leyes del IRPF y del IVA, sin fijar nuevos umbrales propios.

El gasóleo y los fertilizantes se vinculan a las compras de 2026

La disposición adicional cuarta permite minorar el rendimiento neto previo de actividades agrícolas y ganaderas que tributen en estimación objetiva. Propone restar el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola y el 15% del correspondiente a fertilizantes. Ambos productos deben ser necesarios para la actividad. También exige dos coincidencias temporales: compras realizadas en 2026 y facturas emitidas durante ese mismo ejercicio. Las facturas deben cumplir los requisitos reglamentarios. La conservación de facturas permite acreditar después el origen de las cantidades declaradas.

Un ejemplo ayuda a distinguir los porcentajes. Una explotación con 10.000 euros de adquisiciones de gasóleo y 4.000 de fertilizantes computaría 3.500 y 600 euros, respectivamente. La suma sería una minoración de 4.100 euros sobre el rendimiento neto previo, si todas las compras cumplieran las condiciones. No sería una devolución de ese importe. Tampoco corresponde sumar 35%, 15% y 10% como si fueran un único descuento. Los dos primeros porcentajes parten de gastos distintos; la reducción general actúa sobre otra fase del cálculo fiscal.

La reducción agraria del 10% también alcanzaría a las actividades forestales

El proyecto eleva del 5% al 10% la reducción general de 2026 para las actividades incluidas en el anexo agrario de la orden vigente. La memoria identifica expresamente actividades agrícolas, ganaderas y forestales. Este ámbito es más amplio que el previsto para las compras de gasóleo y fertilizantes, limitado a agricultura y ganadería. Sobre un rendimiento de módulos de 20.000 euros, el 10% reduciría 2.000. Frente al 5% previamente previsto, la diferencia sería de 1.000 euros adicionales de reducción, sin representar ese mismo ahorro en la cuota.

Agricultura estima una disminución conjunta de 860 millones de euros en la base imponible por las medidas excepcionales. Esa magnitud mide la renta sometida a tributación, no una partida que se reparta directamente entre explotaciones. Hacienda calcula separadamente los efectos recaudatorios. Para elevar la reducción general agraria, estima 58,4 millones de coste adicional respecto al 5% existente. La memoria sitúa su efecto de caja en 2027, cuando se presenten las declaraciones correspondientes a 2026. El año de presentación y el ejercicio al que pertenecen los rendimientos son, por tanto, diferentes.

Las observaciones terminan el 3 de noviembre y la orden sigue pendiente

El portal de Hacienda fija el periodo de observaciones entre el 23 de octubre y el 3 de noviembre de 2026. Las aportaciones se envían a observaciones.proyectos@tributos.hacienda.gob.es. Este trámite permite comentar el contenido antes de su aprobación; no sirve para solicitar individualmente una devolución o una ayuda agraria. Las observaciones se incorporan al expediente normativo. Quienes no deseen que se facilite el acceso a su identidad deben manifestarlo expresamente, según las instrucciones del ministerio. El proyecto y su memoria están disponibles para comprobar cada propuesta.

Otra fecha prevista es el 31 de diciembre de 2026, como final del periodo para renunciar a módulos o revocar una renuncia para 2027. El comienzo dependería de la publicación de la orden en el BOE. También se mantiene la renuncia mediante el primer pago fraccionado presentado en estimación directa, bajo las condiciones reglamentarias. Mientras continúa la tramitación, conservar las facturas de 2026 permite preparar la documentación sin anticipar un beneficio todavía pendiente.

El trámite oficial de audiencia recoge documentos y plazos. Sigue nuestras noticias de trámites para conocer las próximas novedades fiscales.

Antonio David Cruz Colmenero

Antonio David Cruz Colmenero

Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte y con el Máster de Profesorado de Secundaria y Bachillerato. Actualmente, me dedico al periodismo digital, donde cuento con 4 años de experiencia en redacción de contenidos relacionados con empleo, prestaciones/ayudas y trámites de la Seguridad Social y el SEPE.