Hacienda trae noticias para los mutualistas y NO son buenas: el formulario de devolución resulta inútil para quienes cobran pensión exenta de tributación

La Agencia Tributaria descarta el reembolso a quienes no tributan, generando un gran descontento en este colectivo que se siente excluido de las medidas fiscales.

El debate sobre la devolución del IRPF a los antiguos mutualistas con incapacidad absoluta se ha intensificado en las últimas semanas. Según muchos afectados, es injusto que los pensionistas de invalidez permanente absoluta y Gran Invalidez no puedan beneficiarse de esta medida, alegando que ellos también deberían acceder a algún tipo de compensación fiscal.

Sin embargo, la postura de Hacienda se basa en una premisa clara: si no existe retención del IRPF, tampoco puede haber devolución. Este argumento ha generado un sentimiento de discriminación, puesto que otros mutualistas sí pueden solicitar la devolución cuando sufrieron retenciones indebidas.

Los mutualistas con incapacidad absoluta no recibirán la devolución del IRPF pese a la controversia generada

En primer lugar, quienes perciben una pensión de incapacidad permanente absoluta o Gran Invalidez disfrutan de una exención fiscal que les libra de tributar por dicha prestación. ¿Qué implica esto en la práctica? Que la Seguridad Social no les descuenta ninguna cantidad por concepto de IRPF. Por lo tanto, Hacienda no podría reembolsar un dinero que nunca se ha retenido.

Esta situación ha dado pie a un debate encendido, con ejemplos como el de Francisco Salas, quien insiste en que todas las pensiones por invalidez deberían acceder a una compensación. No obstante, las normativas vigentes son claras al respecto y el colectivo afectado se siente, en muchos casos, desprotegido ante la falta de soluciones específicas.

Cómo presenta Hacienda el procedimiento de reembolso para el resto de mutualistas con retenciones en sus pensiones o prestaciones

La Agencia Tributaria ha habilitado un formulario específico, principalmente dirigido a los mutualistas que sí tuvieron retenciones y que consideran que parte de ese IRPF se cobró de forma indebida. El procedimiento general es el siguiente:

  1. Acceso a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria: Dentro del apartado de mutualistas, los interesados pueden localizar el documento para tramitar su devolución.
  2. Rellenar el formulario con datos personales y bancarios: Es imprescindible detallar la información necesaria para que Hacienda verifique cada caso.
  3. Autorizar a la Administración para revisar las declaraciones previas: La AEAT comprobará qué retenciones se aplicaron y en qué ejercicios.
  4. Remitir la documentación solicitada: En caso de que proceda el reembolso, se abonará en la cuenta bancaria indicada.

¿Te interesa saber por qué los pensionistas exentos no pueden usar esta vía? La propia Agencia Tributaria expone que, sin retenciones sobre la pensión, no se genera derecho a ningún reintegro. Por ese motivo, el colectivo de incapacidad absoluta o Gran Invalidez no queda contemplado en este proceso.

Para visualizar de forma clara las posibilidades de devolución, aquí tienes una tabla resumen:

Tipo de MutualistaRetención IRPFPosible Devolución
Pensión de incapacidad permanente absolutaNo (exención)No
Pensión de Gran InvalidezNo (exención)No
Pensión de jubilación (sin exención específica)Sí (retención)Sí, si procede

Como se observa, los mutualistas exentos no tienen base sobre la que reclamar. De ahí que Hacienda descarte la concesión de cualquier cantidad a estos casos.

Opciones que barajan los pensionistas con incapacidad absoluta para no sentirse discriminados y reclamar más derechos

Pese a que la normativa es clara, algunos expertos recomiendan ciertos pasos a quienes se sientan agraviados. ¿Te gustaría conocerlos?

  • Consultar con un asesor fiscal: Un profesional puede revisar si existe algún supuesto legal o cambio normativo que abra vías de reclamación.
  • Mantener la atención en posibles modificaciones futuras: Es probable que, si continúa la presión de los colectivos afectados, se propongan reformas en la regulación.
  • Plantear recursos o reclamaciones: A veces, la insistencia ante las instituciones competentes impulsa debates sobre la necesidad de cambiar las leyes.

En definitiva, mientras no se produzca una modificación legislativa, este grupo de mutualistas permanecerá fuera de los reembolsos por IRPF. Los afectados defienden que se reconozca su derecho a algún tipo de compensación, aunque la Agencia Tributaria recalca que no se puede devolver aquello que no ha sido retenido de forma previa.

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