Las personas que posponen su retiro ganan más cada mes o reciben un cheque extra, gracias a los cambios vigentes desde el 1 de abril.
La Seguridad Social premia a quienes alargan su vida laboral. Con apenas dos requisitos: tener la edad ordinaria cumplida y al menos 15 años cotizados. Los trabajadores pueden elegir entre tres fórmulas de incentivo que elevan notablemente la cuantía de la pensión. ¿Cuál compensa más? Depende de los años que decidas seguir trabajando y de tus cotizaciones previas.
Incentivo de porcentaje adicional del 4 % anual por jubilación demorada después de la edad legal
La opción más sencilla añade un 4 % a la pensión por cada año completo trabajado tras cumplir la edad ordinaria. Desde el 1 de abril de 2025, si llevas más de un año retrasando tu retiro, también se reconoce un 2 % extra cuando superes los seis meses adicionales. El incremento se aplica de por vida sobre la cuantía mensual: atrasar dos años significa sumar un 8 % a la pensión; atrasar dieciocho meses, un 6 %.
Cobro de una cantidad a tanto alzado que puede superar los 13.000 euros al año
¿Prefieres un pago único? En lugar del porcentaje, puedes elegir un cheque anual cuyo valor oscila entre 4.800 € y 13.500 €, conforme a los años cotizados al llegar a la edad legal. La cifra se multiplica por los años completos trabajados de más. Otra novedad de 2025: si demoras solo entre seis y once meses tras el segundo año, recibirás la mitad del importe calculado para un año entero.
Fórmula mixta: mitad porcentaje y mitad cheque para quienes retrasen entre dos y diez años
Aquí se combinan ambas ventajas. Por la mitad de los años demorados percibes el 4 % anual sobre tu pensión, y por la otra mitad cobras el pago a tanto alzado (la mitad del cheque “puro”). Superados los diez años, el cálculo cambia: recibirás el cheque por cinco anualidades y, a partir de ahí, solo el 4 % cada año restante.
Tabla comparativa de incentivos disponibles
Modalidad | Qué ofrece | Cuándo se cobra |
---|---|---|
Porcentaje adicional | +4 % anual (o +2 % si solo media anualidad) sobre la pensión | Se incorpora a la mensualidad de por vida |
Cantidad a tanto alzado | Cheque de 4.800 €–13.500 € por cada año completo de demora | Un pago único en el momento de jubilarse |
Fórmula mixta | 4 % por la mitad de los años y cheque por la otra mitad | Incremento mensual más pago único inicial |
Como ves, la decisión es puramente económica y depende de tu horizonte vital. ¡Echa números antes de elegir!
El Real Decreto‑ley 11/2024 también reserva incentivos a las compañías: quedan exentas de cotizar por contingencias comunes de sus trabajadores demorados y obtienen un 75 % de rebaja si estos sufren incapacidad temporal a partir de los 62 años. Además, el retraso en la jubilación ya es compatible con la jubilación activa, algo prohibido hasta este año.
Requisitos, limitaciones y único trámite necesario para solicitar la jubilación demorada
¿Quieres saber si eres candidato? Toma nota:
- Haber cotizado un mínimo de 15 años y alcanzar la edad legal de jubilación en vigor.
Este tipo de jubilación es incompatible con las modalidades flexible y anticipada, pero, desde 2025, sí encaja con la jubilación activa. El trámite es tan simple como marcar la casilla correspondiente a “jubilación demorada” en el formulario de solicitud. La Tesorería General de la Seguridad Social calcula de oficio tus cotizaciones; si perteneces a clases pasivas, bastará con comunicar la decisión al departamento de recursos humanos antes de solicitar la pensión.
Simulador “Tu Seguridad Social”: la herramienta para ver en minutos cuánto ganarías
Antes de tomar la decisión, conviene usar el simulador oficial. Introduces tu vida laboral, eliges porcentaje, cheque o fórmula mixta, y comparas resultados con la jubilación ordinaria. ¿Te animarías a trabajar un poco más si al mes ingresas un 8 % extra o recibes un cheque de cinco cifras?