Importass incorpora un apartado para elegir convenio especial y calcular cuánto costaría seguir cotizando

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Fecha de publicación: 3 de octubre de 2026
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Apartado de convenios especiales en la app Importass de la Seguridad Social

La Seguridad Social anunció la ampliación este 28 de septiembre. El cálculo es orientativo y cada modalidad mantiene sus condiciones.

Importass ha incorporado un apartado de convenios especiales para orientar a quienes necesitan mantener o ampliar sus cotizaciones. La Seguridad Social comunicó la novedad este 28 de septiembre de 2026. La sección reúne un buscador guiado, la solicitud de alta y una calculadora de cuotas. También permite consultar los acuerdos ya suscritos. La mejora afecta al acceso al trámite: no crea una pensión nueva ni elimina los requisitos de cada convenio.

El nuevo apartado reúne la elección del convenio y su tramitación

La aplicación ofrece ahora un recorrido específico para identificar el convenio adecuado, estimar su coste y solicitarlo. También permite modificar sus datos. Según el balance ministerial, existen 234.000 convenios suscritos, de los que 2.993 se formalizaron mediante Importass entre junio y septiembre. La novedad amplía las gestiones disponibles junto a los informes de la Seguridad Social. Quien ya utiliza la aplicación para consultar sus cotizaciones puede acceder a esta sección desde el mismo entorno.

Antes de solicitar el alta hay que identificar la situación que origina el convenio. El ordinario contempla, entre otros supuestos, el cese laboral y la extinción de prestaciones por desempleo. También puede cubrir determinadas reducciones de la base tras cambiar de trabajo. La regulación general exige 1.080 días cotizados en los doce años anteriores. Pueden computarse cotizaciones de otros convenios, determinadas excedencias de cuidados y periodos por desempleo. Las cotizaciones extranjeras requieren las condiciones previstas en los instrumentos internacionales aplicables.

La cuota depende de la base elegida y de la modalidad

El servicio permite conocer una cuota aproximada antes de asumir el compromiso de pago. Para el convenio ordinario, la guía oficial combina el tipo del 28,30% con el coeficiente 0,94. En 2026 se añade un 0,90% por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional. La fórmula no debe trasladarse automáticamente a todas las modalidades. Los convenios para perceptores del subsidio de mayores de 52 años, por ejemplo, tienen reglas propias. El SEPE ya cotiza por jubilación durante ese subsidio y el cálculo distingue coberturas.

Un ejemplo orientativo permite ver la diferencia entre base y recibo. Si se admite una base de 1.500 euros, el cálculo ordinario sería 1.500 por 28,30%, multiplicado por 0,94. Esa operación da 399,03 euros. El MEI añade 13,50 euros, dejando una cuota mensual de 412,53 euros. Doce pagos iguales sumarían 4.950,36 euros, sin anticipar cambios normativos o de base. Ese desembolso no equivale a una pensión futura de 1.500 euros. La posibilidad de cotizar sin trabajar conserva una finalidad contributiva, con efectos distintos al importe abonado.

Solicitarlo dentro de noventa días puede cambiar la fecha de efectos

En el convenio ordinario existe un plazo de un año desde la causa que permite suscribirlo. Presentarlo durante los primeros noventa días naturales permite elegir efectos desde el día siguiente a esa causa o desde la solicitud. Si se presenta después, comienza con la solicitud. Por tanto, dos personas con circunstancias semejantes pueden tener fechas de cobertura diferentes. La calculadora no sustituye la comprobación de ese calendario. Estimar primero el gasto resulta útil, pero guardar un cálculo no equivale a presentar el alta.

El formulario solicita una cuenta para domiciliar las cuotas y documentación específica cuando la causa exige acreditarla. Una revisión de incapacidad o la denegación de una pensión pueden requerir la correspondiente resolución. Sin identificación electrónica, el servicio contempla aportar datos personales, una fotografía del documento de identidad y un selfi. La solicitud puede completarse automáticamente o terminar mediante registro electrónico, según las circunstancias. Antes de cerrar la sesión hay que distinguir entre una simulación guardada y el justificante de la solicitud efectivamente presentada.

Los cuidadores tienen reglas diferentes sobre quién paga

El convenio de cuidadores no profesionales no exige cotización previa. Requiere figurar como cuidador en la resolución correspondiente y que la persona dependiente perciba la prestación para cuidados familiares. La ficha oficial precisa las incompatibilidades laborales y con determinadas prestaciones. Su cuota ordinaria corre a cargo del Imserso. Si se solicita mantener una base anterior superior, puede existir un convenio complementario con aportación del cuidador. Esta diferencia impide interpretar cualquier importe mostrado como una obligación personal idéntica para todos los usuarios.

Las bases disponibles tampoco se eligen sin límites. En el convenio ordinario, acceder a la máxima exige acreditar el periodo previo establecido por la normativa. Elegir una cantidad mayor en una estimación no demuestra ese requisito.

La guía oficial de convenios especiales permite contrastar modalidad, cobertura y responsables del pago antes del envío. El nuevo apartado facilita reunir esas comprobaciones. El resultado útil para el ciudadano es una solicitud ajustada a su situación y un coste mensual que pueda identificar antes de comprometerse.

Antonio David Cruz Colmenero

Antonio David Cruz Colmenero

Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte y con el Máster de Profesorado de Secundaria y Bachillerato. Actualmente, me dedico al periodismo digital, donde cuento con 4 años de experiencia en redacción de contenidos relacionados con empleo, prestaciones/ayudas y trámites de la Seguridad Social y el SEPE.