Inspección de Trabajo podría multar con hasta 2.000 euros a un empresario que exigía entrar 7 minutos antes para recuperar el tiempo de ir al baño

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Publicado por Infoemplea2
Fecha de publicación: 21 de diciembre de 2025 a las 13:30
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Inspección de Trabajo revisando un centro laboral por exigir a empleados entrar antes sin pagar

Un empresario del sector textil se enfrenta a una multa de hasta 2.000 euros por obligar a sus trabajadores a iniciar tareas antes de la apertura, acumulando tiempo de trabajo no declarado y no remunerado. En un contexto marcado por el debate sobre un registro de jornada más estricto en España, este caso ha generado polémica en medios locales por la interpretación sobre el control a los empleados.

El caso del empresario textil en Loira y los siete minutos diarios

La fiscalía imputa al responsable de la empresa haber solicitado de forma reiterada que sus empleados acudieran al trabajo al menos siete minutos antes de la hora oficial. Aunque ese margen puede parecer mínimo, la cuestión cobró relevancia tras una inspección de trabajo realizada el 13 de agosto, según relata el diario francés Le Progrès.

La inspección del 13 de agosto que detectó trabajo antes de abrir

Durante la inspección, el funcionario llegó a las 9:53 y observó que los empleados ya se encontraban activos dentro del local, pese a que la apertura oficial estaba fijada para las 10. Según quedó reflejado en la investigación, la dirección pedía llegar con antelación para organizar prendas y estar listos para atender al público desde el primer minuto. Sin embargo, esos minutos de trabajo adelantados no aparecían en las nóminas ni se compensaban económicamente.

El debate en el tribunal sobre pausas, baños y horas extra no pagadas

Las autoridades laborales acusan al empresario de incurrir en un delito de trabajo encubierto y en el uso de horas extra no remuneradas. El titular defendió su actuación asegurando que ese tiempo podía “recuperarse” si los trabajadores ampliaban sus pausas durante la jornada. En su comparecencia ante el tribunal el pasado 2 de diciembre, sostuvo: “No estamos mirando el reloj para ver si se han estado 20 minutos en el baño”.

La presidenta del tribunal rechazó este planteamiento y recalcó que ausencias breves, como ir al baño, no pueden considerarse pausas laborales reconocidas. La fiscal del caso insistió en que no es un asunto menor: “Ellos ganan menos que su empleador, y cinco a diez minutos al día son 80 euros al mes, y es algo importante”.

Medidas anunciadas y la multa solicitada por la fiscalía para el empresario

Como medida correctiva y para mostrar buena fe, el empresario anunció la instalación de relojes de fichaje en sus locales. Además, indicó que ha dado instrucciones para que el personal no entre antes de la hora oficial. Por ahora, el acusado continúa a la espera del fallo. En este procedimiento, la fiscalía ha solicitado una multa de 2.000 euros (1.000 euros con suspensión) y la resolución está programada para finales de enero.

Qué recuerda el derecho laboral francés sobre registros horarios y tiempo efectivo trabajado

El derecho laboral establece que el empleador debe llevar un registro fiable de las horas trabajadas y declarar todo el tiempo efectivo, incluidos los minutos previos al inicio oficial si se destinan a tareas laborales. También fija que toda hora trabajada más allá de las semanales es hora extra y debe pagarse con un recargo del 25% o del 50%, según el volumen. Ese tiempo, además, no puede compensarse con pausas informales ni ignorarse, ya que la inspección puede sancionar cualquier trabajo no declarado, incluso si se trata de pocos minutos diarios.

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