La justicia catalana perdona una deuda de 213.000 euros que un vecino de Bages tenía con la Seguridad Social por mostrar “buena fe”

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Publicado por Infoemplea2
Fecha de publicación: 29 de noviembre de 2025 a las 13:59
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Entrada de la Tesorería General de la Seguridad Social en España

El Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona aplica la Ley de Segunda Oportunidad y el Derecho de la UE para liberar a un vecino del Bages de una elevada deuda con la Tesorería General de la Seguridad Social.

Un vecino del Bages ha quedado libre de más de 213.000 euros de deuda con la Seguridad Social gracias a una resolución pionera. El Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona le ha exonerado todo el pasivo al aplicarle la Ley de la Segunda Oportunidad como “deudor de buena fe”.

El afectado acumuló la deuda mientras figuraba como administrador formal de una pequeña empresa familiar, al mismo tiempo que cursaba estudios. Aunque en la práctica no dirigía el negocio, terminó respondiendo personalmente de las obligaciones con la Seguridad Social hasta superar los 213.000 euros.

Como consecuencia de esos impagos sufrió “embargos constantes” durante un periodo prolongado, que deterioraron gravemente su economía personal. La exoneración le permite ahora recuperar estabilidad tras un largo periodo de presión financiera.

La Ley de Segunda Oportunidad exoneró una gran deuda con la Seguridad Social

El procedimiento, tramitado por el despacho de abogados Lexia (Bufete Matamala & Roca y Marzà) y resuelto por el Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona, se considera pionero: es el primero en el que se perdona íntegramente una deuda pública superior a 200.000 euros con la TGSS.

Durante el proceso, la defensa del deudor invocó directamente el Derecho de la Unión Europea y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que ha “roto con la rigidez de la normativa española”, más restrictiva respecto al umbral máximo exonerable.

Derecho de la Unión Europea frente a los límites del artículo 489.5 del TRLC

El artículo 489.5 del TRLC limita la exoneración del crédito público a 10.000 euros con la Seguridad Social y otros 10.000 con Hacienda. En este caso, el juzgado ha aplicado directamente el derecho europeo, que permite una exoneración plena a los “deudores de buena fe”.

A juicio de Jordi Matamala, CEO de Lexia y responsable del departamento mercantil y concursal, “esta lectura rígida puede impedir una verdadera segunda oportunidad a los deudores de buena fe y condenar injustamente a personas vulnerables a una pobreza perpetua, precisamente aquello que el mecanismo de la ley de segunda oportunidad pretende evitar”.

Impacto de la sentencia en pequeños empresarios y autónomos endeudados

Desde Lexia subrayan que “abre la vía a miles de pequeños empresarios y autónomos que, atrapados en deudas con la Seguridad Social o Hacienda, podrán acceder a una verdadera segunda oportunidad”.

En esta misma línea, la abogada especialista en LSO Patrícia Martos considera que este tipo de decisiones es “esencial para dotar de coherencia real al sistema de la segunda oportunidad y garantizar que cumpla su función de reinserción económica y social para los deudores de buena fe”.

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