La Justicia da la razón a una mujer de Salamanca con cáncer a la que la Seguridad Social rechazó la pensión por incapacidad

Una trabajadora ha conseguido que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) le reconozca una incapacidad permanente total derivada de enfermedad común, revocando las decisiones previas que habían rechazado su solicitud frente a la Seguridad Social.

La resolución del TSJCyL, de 21 de julio de 2025, estima su recurso de suplicación y declara la prestación con una base reguladora de 741,05 euros, con efectos económicos desde el 14 de agosto de 2023, «sin perjuicio de las actualizaciones y revaloraciones procedentes».

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León corrige al INSS y reconoce incapacidad permanente total

La empleada, supervisora en una pequeña residencia geriátrica, estuvo de baja por incapacidad temporal a raíz de un cáncer que requirió intervención quirúrgica, quimioterapia y radioterapia. Tras persistir las secuelas, solicitó al INSS la incapacidad permanente en grado de absoluta al no encontrarse recuperada ni poder desempeñar su labor con «la diligencia adecuada».

Por resolución de 25 de enero de 2024, el INSS denegó la petición «por no alcanzar, las lesiones que padece, un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral…». Posteriormente, el Juzgado de lo Social nº 3 de Salamanca, mediante sentencia de 29 de abril de 2024, desestimó la demanda en la que reclamaba incapacidad permanente absoluta y, con carácter subsidiario, total o parcial. La trabajadora recurrió y el Letrado de la Administración de la Seguridad Social impugnó su recurso, defendiendo la confirmación de la sentencia.

Fundamentos del TSJ de Castilla y León sobre incapacidad permanente por cáncer y efectos económicos

El TSJCyL estima el recurso de suplicación interpuesto por la defensa de la mujer contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Salamanca (autos 196/2024), seguida frente a INSS y TGSS. La Sala declara que la trabajadora es acreedora a una incapacidad permanente total derivada de enfermedad común, con base reguladora de 741,05 euros y efectos económicos fijados el 14 de agosto de 2023.

El tribunal subraya que «el cáncer es una enfermedad que, salvo en grados primarios y escasamente avanzados de desarrollo de los tumores, es altamente invalidante» por las secuelas de la enfermedad, los tratamientos necesarios y los padecimientos psicológicos. Añade que, cuando existen tratamientos quimioterapéuticos prolongados, no puede considerarse que la persona sea hábil para trabajar solo porque haya una remisión inicial de la sintomatología, pues para hablar de curación «es preciso que transcurra un periodo de tiempo largo sin recidiva» que «esta Sala ha venido a fijar en cinco años».

Impacto para trabajadores con cáncer y para resoluciones del INSS y juzgados

Dado lo anterior, la decisión marca un criterio relevante: en patologías oncológicas con tratamientos intensivos y secuelas persistentes, la valoración de la capacidad laboral debe ponderar el horizonte de estabilidad clínica y el periodo de cinco años sin recidiva. En este sentido, la sentencia ofrece una guía clara para futuras reclamaciones y revisiones administrativas, así como para los órganos de instancia.

La trabajadora, que vio denegada su solicitud y desestimada su demanda en primera instancia, obtiene finalmente el reconocimiento de la incapacidad permanente total. El TSJ de Castilla y León corrige el criterio previo y fija la prestación y sus efectos económicos, reforzando la protección en casos de cáncer con secuelas significativas.

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