La justicia frena el despido de un empleado de Carrefour que invitó a sus compañeros a bollos por su cumpleaños y ahora deberá pagarle 105.000 euros

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Publicado por Infoemplea2
Fecha de publicación: 17 de agosto de 2025 a las 14:45
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Sección de panadería y bollería en Carrefour con croissants y dulces

El tribunal confirma la decisión del Juzgado de lo Social nº 5 de Vigo y obliga a Carrefour a readmitir al trabajador o indemnizarlo con 105.716,09 euros.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha confirmado la improcedencia del despido disciplinario de un empleado de Carrefour que invitó a sus compañeros a bollería por su cumpleaños. La empresa deberá optar entre su readmisión o el pago de la citada indemnización.

El caso: celebración de cumpleaños, compra de bollería y cobro erróneo en Carrefour

El trabajador, responsable comercial de bazar dentro del grupo profesional de mandos y con salario mensual de 3.680,15 euros (con prorrata de extras), llevaba en la compañía desde 1992.

Los hechos ocurrieron el 4 de octubre de 2023. Para agasajar a la plantilla adquirió diversos productos de bollería por importe total de 68,82 euros. Encargó la preparación a panadería, recibiendo cuatro tickets con el número de unidades anotado a bolígrafo.

La bollería se repartió en bandejas desde las 08:00 horas y se retiró antes de la apertura al público. Pasadas las 11:00, el trabajador acercó más bandejas a zonas internas y, a las 11:33, abonó 10,23 euros en una caja, correspondiente a una sola unidad de cada lote, sin usar el descuento de empleado.

La investigación y pruebas: tickets, pago complementario y correo remitido por el trabajador

El 16 de octubre el empleado pagó la diferencia pendiente, 58,59 euros, e informó por email del abono adicional, pidiendo que no se sancionara a la cajera por el error humano en el cobro.

En la resolución se recoge que “en precedentes ocasiones la empresa o algunos empleados habían invitado a la plantilla en el interior de la tienda y fuera de las horas de apertura al público a algún pequeño ágape tipo reparto de bollería, bombones o una tarta, como así había sucedido con el demandante al menos una vez antes por su cumpleaños. En caso de hacerse un encargo a panadería, era costumbre que se abonase después de recoger el encargo”.

Pese a ello, el 14 de noviembre de 2023 la empresa le comunicó el despido mediante carta.

El fallo judicial del TSX de Galicia y fundamentos sobre la ausencia de ánimo defraudatorio

El TSX de Galicia confirma la sentencia de primera instancia y descarta que la conducta sea una infracción muy grave. Considera que hubo un error inducido por una anotación incorrecta en panadería y un despiste del propio trabajador, sin indicios de ánimo defraudatorio.

La Sala recuerda que el despido es la sanción más severa y solo procede ante faltas de especial gravedad. También destaca que estas celebraciones se habían permitido previamente, incluso en el caso del afectado.

En consecuencia, Carrefour deberá readmitir al empleado en su puesto o abonarle 105.716,09 euros, además de 750 euros en concepto de honorarios de la defensa del trabajador.

Impacto de la sentencia para futuros despidos disciplinarios y políticas internas en Carrefour

La resolución subraya la exigencia de proporcionalidad en las sanciones disciplinarias y la relevancia del contexto: la existencia de costumbres toleradas y la regularización posterior del pago.

De cara a futuros conflictos similares, el criterio refuerza que los errores sin intención defraudatoria y corregidos a posteriori no justifican por sí solos la medida extrema del despido. En este sentido, la sentencia ofrece una pauta clara para la gestión interna de situaciones análogas.

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