La justicia rechaza el recurso del camionero que fue despido por perder 30.000 euros en verdura congelada de camino a Suiza

Se equivocó al programar el equipo de frío del remolque, la carga se descongeló y luego intentó ocultar su error fingiendo una avería. La Sala de lo Social lo califica como falta muy grave y confirma el despido disciplinario.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha declarado procedente el despido de un camionero, empleado desde 2016 por una empresa navarra, que encadenó negligencias al no poner a punto el equipo de frío del remolque, provocando la pérdida de un cargamento de más de 30.000 euros con destino a Suiza.

El Juzgado de lo Social nº 2 de Pamplona ya había ratificado el cese al entender que no fue un error aislado: además de fallar en la programación del termostato, el trabajador intentó ocultar la imprudencia. Según el tribunal, ello ocasionó no solo la pérdida de la carga, “sino una afectación negativa sobre la imagen, la credibilidad y el prestigio de su empresa que pudo ser rebajada si no se hubiera iniciado y hubiera puesto en conocimiento de la empresa, al tiempo de constatarlo, el error cometido”.

Cadena de negligencias con el equipo de frío del remolque rumbo a Suiza

La sentencia recoge que el conductor, con categoría profesional de conductor mecánico, recibió la orden de cargar el 19 de octubre de 2023 verdura congelada que debía mantenerse a -22ºC, para entregar el 24 de octubre en Suiza. Enganchó el remolque vacío y observó el termógrafo a 22ºC, sin percatarse de que no estaba en negativo.

Al arrancar, no programó correctamente el equipo: configuró en positivo en lugar de bajo cero. Pensando que el remolque estaba en modo congelado, acudió a cargar y regresó a la base. Dejó el tráiler aparcado durante su descanso de jueves a domingo y el lunes 22 de octubre inició viaje. Entonces advirtió que la temperatura no era correcta y la modificó, pasando de 19ºC a -13,7ºC.

Las comprobaciones del taller y el seguimiento de la empresa de transporte navarra

Al día siguiente avisó al taller de guardia de que el equipo no alcanzaba la temperatura deseada. Tras las comprobaciones, se constató que funcionaba correctamente.

Un día más tarde cruzó la aduana y llegó a la sede del cliente en Suiza, donde la mercancía fue rechazada por estar en mal estado y con las cajas mojadas. El siniestro ascendió a 30.479 euros y no fue cubierto por el seguro. La empresa cuenta con personal en tráfico para seguir el posicionamiento de los vehículos, pero si no se detecta fallo no se abre el sistema. Poco después, el trabajador fue despedido disciplinariamente.

El fallo del TSJN y del Juzgado de lo Social número 2 de Pamplona

El empleado recurrió para que el despido fuera declarado improcedente. El TSJN ratifica la decisión del juzgado y recuerda que en la carta de despido se citaba la “manipulación fraudulenta del termógrafo del equipo para ocultar una negligencia suya en el desempeño de sus funciones…”.

La Sala se plantea si “ocultar una negligencia puede considerarse fraude o deslealtad en las gestiones encomendadas” y concluye que concurre una falta muy grave. “Es evidente (recuerda el TSJN) que en el caso que nos ocupa existió una negligencia o un descuido, en concreto cuando el trabajador enganchó el remolque vacío y observó que el termógrafo marcaba 22ºC y sin percatarse que no se encontraban en negativo y luego cuando puso en marcha el camión, pero no programó correctamente el equipo de frío”.

Añade que, al percatarse del error, modificó la programación y al día siguiente comunicó al taller que no llegaba a la temperatura necesaria. “Es decir, cuando fue consciente de su descuido o negligencia en lugar de avisar a la empresa de su error, trató de ocultarlo, primero modificando la programación del remolque y después llamando al taller fingiendo un mal funcionamiento del equipo de frío y ocultando el motivo por el que no se alcanzaba la temperatura necesaria”.

Impacto para el transporte frigorífico y la buena fe contractual en Navarra

Dado lo anterior, y no solo por la pérdida económica sino por el daño reputacional con el cliente, el TSJN avala el despido disciplinario. La resolución subraya la relevancia de la buena fe contractual y la obligación de transparencia ante incidencias que afecten a la cadena de frío.

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