El funcionario Alfonso Muñoz explica que es un mecanismo habitual por los plazos de la Renta. La regularización llega tras confirmarse en septiembre las declaraciones y puede suponer devoluciones o atrasos.
Cumplidos cinco años, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) alcanza a más de 2,3 millones de personas y 750.000 hogares en agosto. Pero si han cambiado los ingresos o la situación laboral, la cuantía varía: a final de año están llegando cartas para devolver importes percibidos de más.
Por qué la Seguridad Social reclama devoluciones del Ingreso Mínimo Vital este año
Muñoz recuerda que “la ley establece que la cuantía del IMV depende de los ingresos del año anterior” para garantizar un nivel mínimo en la unidad familiar, complementando lo necesario hasta un umbral de renta. Nada raro: es el funcionamiento habitual.
Para situarnos, este es el esquema básico del año:
- En 2025 se pagó el IMV de forma estimada con ingresos de 2023.
- Hacienda terminó de confirmar la Renta en septiembre de 2025.
- Con esos datos reales, la Seguridad Social regulariza las cuantías.
- Puede haber atrasos a favor o importes a devolver por exceso.
¿A quién afecta? Potencialmente, a todos los beneficiarios del IMV si su realidad de 2024 no coincide con lo estimado con datos de 2023. Por tanto, no es una “sorpresa”, sino la consecuencia de actualizar la prestación a los ingresos reales.
Cómo y cuándo se regularizan las cuantías del IMV según los ingresos
Según el funcionario, “no ha sido hasta septiembre de 2025 cuando la Agencia tributaria ha terminado de revisar y confirmar todas las declaraciones de la Renta”. Solo entonces esos datos pueden compartirse con la Seguridad Social; “hasta septiembre la Seguridad Social no conoce los ingresos reales de todos los beneficiarios del IMV”.
A partir de ahí, el organismo revisa lo abonado a comienzos de 2025 y ajusta: si se pagó de menos, se incrementa la cuantía y se abonan atrasos; si se pagó de más, se comunica al interesado el importe indebidamente percibido. ¿Te suena haber cobrado de menos o de más en los primeros meses? Ahí está la clave de la regularización.
Opciones de devolución: descuentos mensuales o recaudación por Tesorería General de la Seguridad Social
Cuando el resultado es negativo para el beneficiario, la Seguridad Social detalla en una comunicación cómo devolver los importes. Muñoz lo resume en dos vías, en función de si la prestación sigue activa o no.
A modo orientativo, así quedan las opciones:
| Situación del beneficiario | Forma de devolución |
|---|---|
| Mantiene el cobro y el alta en la prestación | Descuentos mensuales en la propia prestación |
| Prestación extinguida | “esa deuda se recaudará a través de la Tesorería General de la Seguridad Social” |
En otras palabras, si sigues cobrando el IMV, verás rebajas mensuales hasta saldar la deuda; si ya no estás de alta, la recaudación pasa a la Tesorería. Como quien dice, no hay más misterio: es el ajuste anual que llega cuando la Renta queda cerrada.
¿Y si en tu caso pagaron de menos? Entonces la regularización será al alza y se abonarán atrasos. Por consiguiente, el mismo mecanismo ampara tanto devoluciones como incrementos.







