La Seguridad Social está realizando revisiones masivas de pensiones y miles de mujeres que cobran viudedad podrían verse afectadas

Se endurecen los controles sobre la pensión de viudedad. La mayoría de beneficiarios son mujeres; quienes no comuniquen cambios o formen nueva pareja sin cumplir las excepciones pueden perderla y devolver cobros.

La pensión de viudedad, segunda en número tras la jubilación, está bajo una revisión intensificada de la Seguridad Social. El objetivo es claro: garantizar que solo la perciban quienes cumplen los requisitos. El alcance es amplio, con 2,3 millones de personas afectadas por estas comprobaciones, y con el foco puesto en situaciones familiares y económicas actualizadas.

Por qué la Seguridad Social retira pensiones de viudedad a incumplidores

En los últimos meses, se han endurecido los criterios y se están retirando prestaciones a quienes ya no cumplen la ley. La gran mayoría de perceptores son mujeres, muchas de ellas mayores y sin ingresos estables, de ahí la preocupación. ¿Cuáles son los supuestos que más están generando retiradas?

  • Contraer nuevo matrimonio o formalizar pareja de hecho sin cumplir las excepciones legales.
  • Ocultar cambios en la situación familiar o económica del beneficiario.
  • Iniciar convivencia en pareja sin cumplir los límites de ingresos establecidos.
  • No acreditar requisitos en parejas de hecho, como la convivencia mínima de cinco años.
  • No reunir el fallecido 500 días cotizados en los cinco años previos, salvo accidente o enfermedad profesional.

Por tanto, es esencial revisar la situación personal y comunicar cualquier cambio cuanto antes.

Requisitos económicos y de convivencia para mantener la pensión de viudedad

Quienes han iniciado una nueva vida en pareja solo pueden conservar la pensión si esta supone al menos el 75% de sus ingresos anuales, o si los ingresos conjuntos no superan el doble del Salario Mínimo Interprofesional. ¿Tu pensión representa tres cuartas partes de tus ingresos o estáis por debajo de ese umbral conjunto?

A continuación, se resumen los puntos que la Administración está comprobando con más rigor:

Criterio que se revisaCondición clave según la normativa indicada
Nueva pareja y pensiónSe conserva si la pensión supone al menos el 75% de los ingresos anuales.
Ingresos conjuntosNo deben superar el doble del Salario Mínimo Interprofesional.
Cotización del fallecidoAl menos 500 días en los cinco años previos, salvo accidente o enfermedad profesional.
Parejas de hechoAcreditar convivencia mínima de cinco años.
Cobros indebidosLa Seguridad Social puede exigir la devolución de cantidades.

Si los registros no están actualizados, pueden suspenderse pagos mensuales hasta aclarar la situación.

Documentación, controles y devoluciones que afectan a 2,3 millones de beneficiarios

La mayor vigilancia ha disparado las consultas en despachos de asesoría y puntos de atención ciudadana. Algunas personas han descubierto que no cumplían lo que pensaban; otras han recibido la suspensión sin previo aviso y deben iniciar un procedimiento para justificar el derecho. Además, cuando se detectan irregularidades, la Seguridad Social está reclamando la devolución de lo cobrado indebidamente, con el consiguiente impacto económico.

En consecuencia, aunque la viudedad suele tener carácter vitalicio, no es incondicional y se aplica con cada vez más rigor.

Revisa tu situación y evitar la suspensión de pagos

Conviene repasar periódicamente si sigues cumpliendo los requisitos, comunicar cualquier cambio familiar o económico y conservar la documentación que acredite convivencia, ingresos y requisitos de cotización del fallecido. Si tienes dudas, solicita orientación antes de que llegue un requerimiento. Más vale prevenir que lamentar.

Por otro lado, si ya te han notificado una suspensión, actúa de inmediato y aporta la información necesaria para justificar el derecho. ¿Te falta algún justificante? Reúne lo esencial y mantén tus datos actualizados.

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