Las familias de Camargo pueden recuperar hasta 1.100 euros de los gastos de guardería con estas nuevas ayudas

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Fecha de publicación: 28 de octubre de 2026
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Fachada del Ayuntamiento de Camargo, en Cantabria, junto a una imagen de billetes de euro que ilustra las ayudas para guarderías.

Camargo Crianza limita la ayuda a cien euros por mes y menor. La edad al solicitarla y la ubicación del centro condicionan el acceso.

Camargo ya admite solicitudes de Camargo Crianza, la ayuda municipal para recuperar parte de los gastos de guardería. El extracto publicado el 23 de octubre de 2026 establece un máximo de 1.100 euros por menor, correspondiente a once mensualidades. La convocatoria cubre gastos abonados entre septiembre de 2025 y julio de 2026. Las familias deben acreditar la asistencia y los pagos, además de cumplir requisitos laborales, de empadronamiento y edad.

Camargo Crianza devuelve una parte del gasto que ya se ha pagado

El Ayuntamiento ha reservado 60.000 euros para esta convocatoria, que permanece abierta durante el ejercicio presupuestario, hasta el 31 de diciembre. Las solicitudes se resuelven por orden de presentación y las concesiones terminan cuando se agota el crédito. Por tanto, la fecha final no garantiza que exista dinero disponible hasta entonces. La subvención corresponde a guarderías privadas autorizadas situadas dentro de Camargo. Un centro localizado en otro municipio queda fuera, aunque la familia viva en Camargo y trabaje cerca de esa guardería.

El periodo subvencionable empieza el 1 de septiembre de 2025 y acaba el 31 de julio de 2026. Quedan fuera de esta convocatoria los recibos de agosto y los gastos del curso iniciado en septiembre de 2026. Tampoco se adelanta dinero para pagar futuras mensualidades, porque la justificación acompaña a la propia solicitud. Este procedimiento municipal es independiente del tratamiento de los gastos de guardería en la Renta. Haber utilizado una deducción fiscal no sustituye la presentación de la solicitud al Ayuntamiento.

El máximo de 1.100 euros exige once meses con suficiente gasto

La ayuda alcanza hasta el 50% del coste mensual efectivamente abonado, con un máximo de cien euros por menor y mes. El cálculo debe hacerse mensualidad por mensualidad. Una cuota de 160 euros permitiría obtener hasta ochenta euros por ese mes. Si la cuota asciende a 250 euros, el máximo municipal seguiría siendo cien euros. Estos ejemplos son cálculos sobre las bases, sujetos al cumplimiento del resto de condiciones y a la existencia de crédito.

Los 1.100 euros resultan de multiplicar el máximo mensual por los once meses subvencionables. Una familia con seis mensualidades justificadas de doscientos euros podría recibir hasta seiscientos euros. Pagar más por una mensualidad no permite compensar meses sin asistencia o sin justificantes. Además, esta subvención y otras ayudas para la misma finalidad no pueden superar conjuntamente el coste del servicio. Las personas beneficiarias deben comunicar al Ayuntamiento cualquier otra financiación recibida para esos gastos. Esa información permite comprobar que el gasto no se financia por encima de su importe real.

La edad al presentar la solicitud y la custodia cambian el acceso

La edad del menor no puede superar los tres años en el momento de solicitar la ayuda. El Ayuntamiento no utiliza únicamente la edad durante la asistencia a la guardería. Los progenitores o responsables legales deben estar empadronados en Camargo desde, al menos, un año antes del inicio del periodo subvencionable. También deben trabajar por cuenta propia o ajena, o realizar formación oficial para el empleo. El horario de esa actividad debe justificar la necesidad del servicio durante los meses por los que se pide la subvención.

En separaciones, divorcios o nulidades, puede solicitarla quien tenga la custodia y cumpla los requisitos. Si existe custodia compartida, cada progenitor puede pedir solamente el 50% de la prestación que corresponda. Las bases aplican ese mismo criterio cuando no se logra acreditar la custodia. Por ejemplo, una ayuda total calculada en ochocientos euros permitiría solicitar hasta cuatrocientos euros a cada progenitor con custodia compartida. Cada persona debe cumplir las condiciones exigidas. Presentar dos solicitudes no duplica el máximo reconocido por el mismo menor.

Qué documentos presentar y cuándo puede llegar el pago

La solicitud debe incluir identificación, certificado de inscripción y asistencia, facturas y justificantes bancarios de pago. También se requiere la vida laboral de progenitores o tutores y, cuando corresponda, documentación de la formación realizada. Para los cursos deben constar horario y contenido. La ficha de terceros identifica la cuenta bancaria de abono. El Ayuntamiento comprueba de oficio padrón y deudas municipales, salvo oposición a esa consulta. En ese caso, corresponde aportar los certificados. Las becas de Santander tienen condiciones propias y no sustituyen este trámite municipal.

La presentación se realiza por registro municipal, sede electrónica o los restantes medios admitidos legalmente. Las bases establecen dos meses para resolver desde la solicitud, con silencio desestimatorio. Tras la concesión, el abono se efectúa mediante una transferencia única, dentro de otro plazo máximo de dos meses. No debe confundirse la presentación con la aprobación ni con el ingreso inmediato. Los justificantes deben conservarse durante cuatro años. Los modelos y el acuerdo completo están disponibles en la sede del Ayuntamiento de Camargo.

Redacción Infoemplea2

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