La prestación se dirige a personas en situación de necesidad económica. Exige un año de residencia continuada en España, estar empadronado y permite aumentar la cuantía por hijos a cargo.
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) puede solicitarlo quien haya nacido entre 1960 y 2002, siempre que atraviese una mala situación económica. Además, se pide haber residido en España al menos un año de forma ininterrumpida y estar empadronado en el domicilio habitual.
En un contexto de precios al alza y salarios que no acompañan, esta ayuda se ha convertido en un apoyo clave para llegar a fin de mes. ¿Encajas en el perfil? Sigue leyendo, porque te contamos lo imprescindible.
Quién puede solicitar el Ingreso Mínimo Vital de la Seguridad Social y por qué
La ayuda está pensada para personas en necesidad acreditada. Entre los requisitos, figuran haber nacido entre 1960 y 2002, residencia continuada mínima de un año en España y estar empadronado en el domicilio habitual. Por tanto, si cumples estas condiciones básicas y tus ingresos son insuficientes, puedes iniciar el trámite.
Documentación necesaria para pedir el Ingreso Mínimo Vital y cómo presentarla
Para formalizar la solicitud, la administración exige aportar una serie de documentos que acrediten identidad, residencia, situación económica y composición familiar. ¿Qué te van a pedir? Toma nota, porque no tiene pérdida.
- DNI o, en el caso de personas extranjeras, NIE.
- Certificado de empadronamiento con todas las personas que residen en el domicilio habitual.
- Justificantes económicos, como la última declaración de la renta u otros que evidencien insuficiencia de ingresos.
- Documentos que acrediten la composición familiar: Libro de Familia o certificados de nacimiento de los hijos.
Con todo en regla, podrás registrar la solicitud aportando estas pruebas ante la administración competente. De ahí que sea recomendable revisarlo bien antes de presentarlo; ahorra tiempo y quebraderos de cabeza.
Cuánto puedes cobrar con hijos a cargo y el tope mensual de 1.500 euros
La renta mensual puede incrementarse en función de los hijos acreditados, hasta un máximo de 1.500 euros. Los importes por cada hijo dependen de su edad, según el siguiente reparto.
Tramo de edad del hijo | Importe mensual por cada hijo |
---|---|
Menores de 3 años | 115 € |
Mayores de 3 y hasta 6 años | 80,50 € |
Mayores de 6 y hasta 18 años | 57,50 € |
Esto quiere decir que las familias con varios menores pueden ver aumentada su prestación dentro del límite establecido. En pocas palabras: si cumples requisitos y tienes hijos a cargo, estos complementos suman.
Por otro lado, recuerda que, además de la edad, cuenta acreditar correctamente la convivencia y el empadronamiento de todas las personas del domicilio. ¿Lo tienes todo preparado? Entonces ya estás en el buen camino.