Miles de hipotecados aún están a tiempo de reclamar los gastos de notaría, registro y gestoría: no requiere abogado

Miles de hipotecados pueden recuperar dinero tras la sentencia europea del 13 de marzo (C‑230/24). La clave es actuar a tiempo y reunir la documentación necesaria para iniciar la reclamación antes de que acabe 2025.

Aunque nos encontramos en el último cuatrimestre de 2025, todavía es posible pedir la nulidad de la cláusula de gastos y la devolución de lo pagado. La resolución del TJUE del 13 de marzo (asunto C‑230/24) despeja dudas: la nulidad no prescribe y la restitución del dinero tiene un plazo claro. ¿Listo para revisar tus facturas?

Quién puede reclamar los gastos hipotecarios y por qué aún estás a tiempo

Puede reclamar quien asumió íntegramente los gastos en su préstamo, algo habitual en contratos anteriores a 2019. Da igual si la hipoteca sigue activa, está cancelada o si vendiste la vivienda; lo determinante es que la cláusula de gastos fuera abusiva. En hipotecas posteriores a junio de 2019, la Ley de Crédito Inmobiliario cargó casi todos los costes al banco (salvo la tasación y, si el cliente pide copia, la copia de la escritura). En estos casos, solo cabe reclamar si se incumplió la ley. En pocas palabras: si pagaste de más, aún llegas a tiempo este año.

Fechas y plazos tras la sentencia del TJUE de 13 de marzo de 2025

El TJUE aclara dos ideas: la nulidad de una cláusula abusiva no prescribe nunca; puedes pedir que se declare nula aunque firmaras en 2003. Sin embargo, la restitución de cantidades sí tiene límite: cinco años desde que la sentencia que declare la nulidad sea firme. Por tanto, conviene moverse con agilidad. Además, el Código de Comercio obliga a conservar la documentación entre cinco y seis años; sin facturas, recuperar importes se complica. ¿Te faltan documentos? Solicita duplicados a notaría y registro cuanto antes.

Procedimiento paso a paso para reclamar gastos de hipoteca presencial y online

Antes de empezar, decide si lo harás por tu cuenta o con asesoramiento profesional. Si dudas, contar con expertos puede marcar la diferencia. A partir de ahí, el itinerario es claro:

  • Reunir la documentación: escritura del préstamo y facturas de notaría, registro, gestoría y tasación. Si no las conservas, pide duplicados.
  • Reclamación extrajudicial al banco: presenta un escrito pidiendo la devolución; la entidad dispone de dos meses para responder.
  • Demanda judicial: si no hay acuerdo, acude al juzgado especializado en cláusulas abusivas con abogado y procurador.
  • Sentencia y ejecución: si te dan la razón, el banco devuelve las cantidades con intereses legales y, por lo general, asume las costas.

Así combinas una vía previa rápida con la garantía judicial si la entidad no cede. ¿Por qué esperar más?

Importes recuperables según conceptos y datos del Banco de España

De media, se vienen recuperando entre 1.500 y 3.000 euros, según préstamo y provincia. Como orientación, estos son los conceptos habituales y su devolución:

ConceptoDevolución / Condición
Notaría50 %, al beneficiarse tanto banco como prestatario
Registro de la propiedad100 %, al ser el banco el único beneficiario
Gestoría100 %, si fue impuesta por la entidad
Tasación100 %, si la exigió el banco para conceder el préstamo
Otros (apertura, intereses, vencimiento anticipado)Según el caso; requieren análisis individualizado

La vía extrajudicial tiene alcance limitado. En 2024 se registraron 56.099 reclamaciones ante el Banco de España (un 69 % más que en 2023); solo el 19,7 % se admitieron (11.062), debido a la falta de competencia sobre cláusulas abusivas. De esos casos, el 64 % se resolvieron a favor del consumidor y, en el 79 % de estos, la banca acató o pactó. Las devoluciones sumaron 5,07 millones, con un promedio de 458,72 euros por reclamación.

Jurisprudencia del Supremo y del TJUE y motivos para actuar ya

Todo arrancó con la sentencia 705/2015 del Supremo, que calificó de abusivas las cláusulas de gastos. En 2020, el TJUE fijó el reparto: registro, gestoría y tasación a cargo del banco y notaría al 50 %. Desde junio de 2019, la nueva ley trasladó al banco casi todos los costes de constitución. Con la resolución europea de 13 de marzo de 2025, el reloj cuenta para la restitución: cinco años desde la firmeza de la sentencia que declare la nulidad. No hay que darle más vueltas: ¿tienes las facturas a mano?

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