Nueva ayuda de la Seguridad Social: así pueden conseguir hasta 14.208 euros los padres que tengan dos o más hijos a la vez

Las familias con más de un bebé a la vez pueden aliviar costes de crianza gracias a esta prestación de la Seguridad Social, que ya está en vigor.

España sigue perdiendo nacimientos. En 2023 se registraron 320.656 alumbramientos, un 31 % menos que hace una década. ¿La consecuencia? La Seguridad Social refuerza los apoyos económicos a quienes deciden ampliar la familia, especialmente cuando llegan varios hijos a la vez.

Por qué la Seguridad Social impulsa esta ayuda frente a la baja natalidad

Los altos precios de la vivienda, la cesta de la compra disparada y un paro juvenil del 26,9 % dificultan formar un hogar con hijos. De ahí que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) haya lanzado una prestación específica para partos o adopciones múltiples. Su objetivo no es otro que compensar los gastos adicionales derivados de criar dos, tres o más menores a la vez.

La condición clave es sencilla: que nazcan o se adopten al menos dos niños en el mismo parto o resolución de adopción y que todos residan legalmente en España. Existe una excepción: si uno de los menores presenta una discapacidad igual o superior al 33 %, cuenta como dos efectos para calcular la cuantía. ¿Qué ocurre si solo llega un hijo aunque tenga discapacidad? En ese caso no se genera derecho a la ayuda.

Plazos, cuantías exactas y otros detalles clave que no debes pasar por alto

Antes de entrar en trámites, conviene tener claras las cifras y los tiempos. ¡Toma nota!

Número de hijos (o equivalentes)Importe único (€)Equivalencia en SMI*
Dos4.7364,0
Tres9.4728,0
Cuatro o más14.20812,0

* Cálculo sobre el Salario Mínimo Interprofesional vigente.

  • Plazo de solicitud: hasta 5 años desde el nacimiento o adopción.
  • Resolución: el INSS dispone de 45 días para contestar.
  • Pago: ingreso único en la cuenta bancaria indicada.

Cómo solicitar la ayuda de hasta 14.000 euros y qué documentos presentar

¿Te interesa saber más? El procedimiento es muy similar a otras prestaciones familiares, pero conviene repasar cada paso para evitar errores.

  1. Rellenar el formulario oficial: disponible en la sede electrónica de la Seguridad Social y en las oficinas del INSS.
  2. Adjuntar la documentación (original y copia si se presenta en papel):
    • DNI o NIE de los progenitores o adoptantes.
    • Libro de familia o resolución judicial de adopción múltiple.
    • Certificado de empadronamiento de toda la unidad familiar.
    • En caso de discapacidad, resolución del grado igual o superior al 33 %.
    • Número de cuenta bancaria del solicitante.

¿Prefieres hacerlo sin desplazarte? El portal Tu Seguridad Social permite completar todo el proceso en línea con certificado digital o Cl@ve permanente.

Una vez registrado el expediente, puedes comprobar su estado en la misma plataforma o llamar al 901 502 050.

Beneficios adicionales y preguntas frecuentes que conviene resolver desde el principio

  • Compatibilidad: esta ayuda es independiente de otras prestaciones como el Ingreso Mínimo Vital o la deducción por maternidad.
  • Fiscalidad: al tratarse de una prestación por maternidad, está exenta del IRPF.
  • Qué pasa si uno de los bebés fallece: se mantiene el derecho siempre que sobreviva al menos un niño de los incluidos en el parto o adopción múltiple.

¿Quién puede perder el derecho? La Seguridad Social revocará la prestación si se comprueba falsedad documental o si los menores dejan de residir en territorio español. La natalidad quizá no repunte de inmediato, pero esta medida intenta que el dinero no sea el obstáculo decisivo para quienes se enfrentan a la crianza simultánea de varios hijos.

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