Aunque todavía no está aprobada oficialmente, el Gobierno trabaja en un real decreto que obligará a informar de las operaciones con tarjeta que excedan los 25.000 euros anuales. El objetivo es reforzar el control fiscal y combatir el fraude, manteniendo la seguridad jurídica tanto para entidades financieras como para usuarios.
Las autoridades pretenden que bancos y emisores de tarjetas de crédito, débito o prepago reporten a la Agencia Tributaria todas aquellas operaciones cuyo total anual supere los 25.000 euros por tarjeta. De esta manera se busca más vigilancia a los pagos electrónicos y nuevos límites para declarar. ¿Te interesa saber más? La medida también contempla otras modalidades de pago virtuales, como monederos electrónicos o tarjetas ‘online’.
Los nuevos requisitos obligatorios para declarar los pagos con tarjeta a partir de 2025
Los ciudadanos no tendrán que realizar ningún trámite extraordinario, ya que serán las entidades emisoras quienes desglosen y presenten estos movimientos de forma anual. Se prevé que la primera declaración tenga lugar en 2026, recogiendo los datos generados durante 2025.
El futuro decreto establece que cualquier tarjeta cuyo uso supere los 25.000 euros anuales deberá ser declarada en un informe específico. Se incluirán datos como la identidad del titular, el número de cargos efectuados y el importe total de las transacciones. Por otro lado, la norma busca abarcar también los pagos realizados mediante aplicaciones de prepago o tarjetas virtuales, reforzando así el seguimiento de grandes operaciones.
Detalles del informe anual que las entidades financieras deberán presentar a la Agencia Tributaria
El Gobierno planea que las entidades bancarias reporten cada año los siguientes datos:
- Titular de la tarjeta: nombre y DNI o CIF de la persona o empresa.
- Operaciones realizadas: número total de cargos y retiradas de efectivo.
- Cantidad total: suma de los importes anuales si se superan los 25.000 euros.
Para aclarar posibles dudas, a continuación se muestra una tabla con los principales límites y obligaciones:
Tipo de operación | Límite anual | Declaración por parte de |
---|---|---|
Pagos con tarjeta | +25.000 euros | Entidades financieras en 2026 |
Bizum y PayPal (empresas) | Sin límite mínimo | Informes mensuales para actividad laboral |
Este informe no implicará gestiones adicionales para el ciudadano, ya que las entidades serán las responsables de la presentación.
Cómo afectará esta normativa a empresas, autónomos y particulares que realicen grandes operaciones
El principal impacto recae en la obligación de declarar transacciones de elevado volumen. Las autoridades quieren frenar la evasión fiscal y el blanqueo de capitales, especialmente en movimientos digitales que se han incrementado en los últimos años.
Empresas y autónomos con alto nivel de facturación a través de estos medios podrían recibir un mayor seguimiento por parte de Hacienda. No obstante, se pretende que la medida resulte lo más transparente y automática posible para el usuario final.
Cuándo entrará en vigor la medida y qué pasos se deben cumplir para su aprobación
Actualmente, el texto sigue en proceso de tramitación y deberá pasar por distintos órganos, incluido el Consejo de Estado, antes de recibir el visto bueno del Consejo de Ministros. Se prevé que entre en vigor a lo largo de 2025, de modo que la primera declaración anual se presente en 2026 con las operaciones correspondientes al ejercicio anterior.
“Ojo con los plazos”, porque a partir de ese momento, las entidades financieras también tendrán que comunicar mensualmente cualquier cobro efectuado a través de Bizum o PayPal por parte de autónomos.