Te jubilas, piensas que por fin vas a poder remolonear los lunes y, zas, recibes una carta de la Seguridad Social pidiéndote casi 6.000 euros. Lo que le ha pasado a Olegario, un sevillano de 69 años, podría ocurrirte a ti si decides seguir “echando una mano” como autónomo sin avisar.
Porque, por mucho que nos guste matar el tiempo (o redondear la cuenta del súper), Hacienda y la Seguridad Social no perdonan. En España se puede compatibilizar la pensión con un trabajo por cuenta propia, sí, pero hay que hacerlo con todas las bendiciones administrativas. De lo contrario, la jubilación dorada se te convierte en factura sorpresa.
¿Por qué le reclaman 5.900 euros a Olegario?
Olegario pidió la jubilación el 14 de agosto de 2020 y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se la reconoció con efectos desde el 10 de noviembre de 2020, fijándole una base reguladora exacta de 1.304,67 euros al mes. Hasta aquí, todo bien.
El problema es que el hombre siguió trabajando como autónomo para Embalajes Guadaíra SL (Sevilla) hasta el 12 de diciembre de 2020 y no comunicó la situación. Resultado: en marzo de 2021 el INSS revisó la prestación, la rebajó a 1.208,93 euros mensuales y le pidió devolver 5.932,40 euros cobrados “indebidamente” entre agosto de 2020 y enero de 2021.
¿Qué ha dicho exactamente el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía?
El caso llegó al TSJA porque Olegario recurrió la decisión. La Sala de lo Social, en sentencia dictada en Sevilla el 21 de abril de 2025, ha sido meridianamente clara:
- Incompatibilidad: cobrar el 100 % de la pensión y trabajar por cuenta propia son incompatibles salvo que se solicite la “jubilación activa” y se cumplan los requisitos (por ejemplo, no superar el Salario Mínimo Interprofesional (15.120 euros brutos al año).
- Solicitud expresa: Olegario no presentó la petición formal de compatibilidad.
- Cobro indebido: al no haber cese total de la actividad, el INSS actuó correctamente al reclamar la devolución.
Conclusión judicial: el abuelo tendrá que rascarse el bolsillo a menos que el Tribunal Supremo diga lo contrario.
Cómo compaginar pensión y trabajo sin sustos
Antes de lanzarte a facturar como si no hubiera mañana, toma nota.
- Pide la “jubilación activa” en la Seguridad Social y espera la resolución.
- Respeta los topes de ingreso: si aspiras al 100 % de la pensión, no superes los 15.120 euros al año (SMI vigente en 2025).
- Date de alta y de baja bien: cualquier día trabajado debe aparecer en el RETA; evita el “ya lo haré mañana”.
- Guarda todos los justificantes: facturas, modelos de Hacienda, comunicaciones al INSS… te librarán de explicar “lo inexplicable” dentro de cinco años.
- Si cambian las reglas, infórmate: los límites y bonificaciones varían casi tan rápido como el precio del aceite.
Seguir estas cinco pistas te evitará cartas, sorpresa y males de estómago.
¿Merece la pena arriesgarse?
Trabajar puede darle vidilla a tu día a día y algo más de cash, pero saltarse el protocolo administrativo suele salir caro. Olegario lo ha aprendido con una factura de 5.932,40 euros y un disgusto legal que dura ya casi cinco años.
Así que, si no quieres que tu jubilación se convierta en una gymkana burocrática, mejor pásate primero por la ventanilla del INSS; tarda poco y ahorras mucho.