El Servicio Público de Empleo Estatal pagará la cuantía íntegra del subsidio por desempleo a todas las personas que accedan a esta ayuda, con independencia de cuál fuera su jornada en el último contrato. Lo recoge el Real Decreto-ley 2/2024, que modifica el artículo 278 de la Ley General de la Seguridad Social y elimina la reducción proporcional para quienes trabajaron a tiempo parcial.
La medida mejora los ingresos de quienes han agotado la prestación contributiva y corrige la brecha que afectaba a muchas mujeres con empleos a tiempo parcial.
Requisitos económicos y papel del SEPE para este subsidio por desempleo
¿Quién puede beneficiarse de este cambio? Quienes acrediten vulnerabilidad económica y no superen el 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional, que en 2025 equivale a 888 euros al mes. De este modo, la protección ya no depende de si el último contrato fue a tiempo completo o parcial.
El Servicio Público de Empleo Estatal reconoce y paga la ayuda una vez comprobado que se cumplen las condiciones. La persona debe haber agotado la prestación contributiva por desempleo y respetar el límite de ingresos exigido.
Tramos del subsidio por desempleo vinculados al IPREM sin recortes
Las nuevas cuantías del subsidio se fijan como importes ligados al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, sin recortes por la jornada trabajada. Además, la cuantía es decreciente en el tiempo para incentivar la reincorporación al empleo.
El nuevo artículo 278 distingue tres tramos de cuantía y mantiene un trato específico para el subsidio de mayores de 52 años, que sigue cobrando desde el inicio el 80 por ciento del IPREM, con carácter indefinido y con cotización para la pensión.
En la siguiente tabla se resumen los importes principales:
| Tipo | % IPREM | Importe |
|---|---|---|
| General 6 primeros meses | 95 % | 570 euros |
| General 6 meses siguientes | 90 % | 540 euros |
| General desde el año | 80 % | No se detalla en euros |
| Mayores 52 desde inicio | 80 % | Se mantiene indefinido |
Así, cualquier beneficiario, con jornada completa o parcial en su último contrato, tendrá derecho a estas cuantías sin reducciones por horas trabajadas.
Ejemplo del nuevo subsidio por desempleo para contratos a tiempo parcial
Una trabajadora agota en diciembre de 2024 su prestación contributiva por desempleo y solicita el subsidio, tras un último contrato de media jornada.
Con la normativa anterior, al haber trabajado a media jornada, el SEPE le habría reconocido solo el 50 por ciento del subsidio, el 50 por ciento del 80 por ciento del IPREM, lo que suponía 240 euros al mes. Con la nueva regulación, la parcialidad de su contrato ya no se tiene en cuenta para el cálculo, por lo que cobrará el 100 por ciento de la ayuda: durante los primeros seis meses el 95 por ciento del IPREM íntegro y, después, los porcentajes del 90 y del 80 por ciento completos, aunque su último empleo fuera de pocas horas. ¿Quién diría que un cambio legal podía notarse tanto en el bolsillo?







