La Seguridad Social permite a mayores de 45 años cobrar una pensión de por vida tras la muerte de sus padres

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Publicado por Israel Garcia
Fecha de publicación: 29 de enero de 2026 a las 16:56
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Rueda de prensa de la Seguridad Social sobre pensiones contributivas para mayores de 45 años

Esta prestación contributiva, conocida como pensión en favor de familiares, está pensada para quienes convivían y dependían económicamente de la persona fallecida y no cuentan con otros recursos.

La muerte de un familiar puede convertirse, además de en un golpe emocional, en un problema económico serio para quienes vivían a su cargo. Para paliar esa situación, la Seguridad Social contempla la pensión en favor de familiares, dirigida a proteger a determinados parientes que compartían vivienda y cuidados con el fallecido.

Qué es la pensión en favor de familiares y por qué importa en 2026

La pensión en favor de familiares es una prestación contributiva diseñada para garantizar un sustento a las personas que convivían y dependían económicamente de quien ha fallecido. En otras palabras: no se trata solo de ser familiar, sino de poder acreditar una convivencia real y una dependencia económica previa.

Familiares que pueden pedir esta pensión, incluidos hijos mayores de 45 años

Según la información de la Seguridad Social, esta ayuda se orienta a un grupo concreto de familiares que compartían vivienda y cuidados con la persona fallecida. Entre los posibles beneficiarios figuran nietos, hermanos, padres y abuelos.

Además, existe un supuesto específico para hijos mayores de 45 años que, estando en situación de soltería, viudedad o divorcio, puedan acreditar una dedicación prolongada al cuidado de sus progenitores. ¿Has dedicado años a atender a tus padres y dependías de ellos para vivir? Este matiz es clave. A continuación te resumimos quiénes pueden encajar en los perfiles mencionados y qué condición destaca en cada caso:

Posibles beneficiariosCondición destacada según la información disponible
NietosConvivencia y dependencia económica del fallecido
HermanosConvivencia y dependencia económica del fallecido
PadresConvivencia y dependencia económica del fallecido
AbuelosConvivencia y dependencia económica del fallecido
Hijos mayores de 45 añosSoltería, viudedad o divorcio y dedicación prolongada al cuidado de los progenitores

Por tanto, el punto de partida es común: convivencia, dependencia y falta de alternativas económicas o familiares que cubran esa necesidad.

Requisitos generales de convivencia, dependencia económica y falta de ingresos para cobrarla

Para acceder a esta prestación, la persona solicitante debe cumplir varias condiciones generales. La primera es haber convivido con la persona fallecida y haber dependido económicamente de ella durante, al menos, los dos años previos a la muerte. También se exige no percibir ninguna otra pensión pública y mantener ingresos anuales inferiores al Salario Mínimo Interprofesional. Ojo, porque aquí no hay mucho margen: si ya existe otra pensión o se superan esos ingresos, el encaje se complica. La prestación se enfoca en quienes realmente no cuentan con otra red de apoyo ni con recursos suficientes para sostenerse.

Cotización exigida al fallecido y cuándo la mutua se encarga de gestionarla

El acceso a esta pensión también depende de la situación laboral y de cotización de la persona fallecida. Si la muerte fue por enfermedad común, era necesario que estuviera de alta en la Seguridad Social y que hubiera cotizado al menos 500 días en los últimos cinco años. Como alternativa, también se contempla haber acumulado un mínimo de 15 años cotizados a lo largo de su carrera.

En cambio, cuando el fallecimiento se produce por accidente laboral o enfermedad profesional, también se genera el derecho a la pensión, aunque en ese caso la gestión corresponde a la mutua colaboradora. Es decir, no siempre se tramita del mismo modo: puede intervenir una mutua según el origen del fallecimiento.

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Israel Garcia

Redactor de noticias con más de 10 años de experiencia en distintos medios, especializado en sentencias laborales, contenidos virales y de interés humano, así como en prestaciones del Estado (pensiones, ayudas y subsidios). Me dedico a investigar y explicar la actualidad con un enfoque claro y cercano, para que la información que recibes sea útil, comprensible y siempre al día.

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