La nueva deducción autonómica permitirá desgravar el 30% de los gastos veterinarios por animales de compañía y perros de asistencia, hasta 100 euros al año.
La Junta de Andalucía ha aprobado, a través del Presupuesto de 2026 publicado en el BOJA, una nueva deducción en el IRPF por gastos veterinarios. Entrará en vigor con efectos desde el 1 de enero de 2025 y se aplicará en la próxima declaración de la renta. Esta medida se integra en unas cuentas autonómicas de 51.597,9 millones de euros, las más elevadas de la historia de la comunidad. Se trata del último presupuesto de la legislatura, con elecciones autonómicas previstas este mismo año.
Quién puede beneficiarse de la nueva deducción por gastos veterinarios
La deducción permite restar de la cuota íntegra autonómica el 30% de los gastos veterinarios vinculados a la adquisición de animales de compañía y a la tenencia de perros de asistencia, con un límite de 100 euros por contribuyente y año.
En los animales de compañía comprados, la deducción solo puede aplicarse durante el primer año desde la compra; en las adopciones se mantiene tres años. En los perros de asistencia no hay límite temporal mientras permanezcan con el contribuyente. Resumiendo, los principales perfiles que pueden aprovechar esta ayuda fiscal son los siguientes:
- Quienes compren un animal de compañía desde el 1 de enero de 2025.
- Personas que adopten un animal de compañía y paguen los cuidados veterinarios obligatorios.
- Contribuyentes con perros de asistencia o de aviso para víctimas de violencia de género.
Todos ellos deben cumplir los límites de renta y, en los animales de compañía, que la adquisición sea posterior al 1 de enero de 2025. Un pequeño empujón fiscal, que no es poca cosa para quienes pasan por la clínica cada año.
Requisitos de renta, gastos deducibles y forma de aplicar la deducción
Para acceder a la deducción, la suma de la base imponible general y del ahorro no puede superar 80.000 euros en declaraciones individuales ni 100.000 en conjuntas. Además, solo se admitirán gastos con factura emitida por un veterinario o centro veterinario autorizado.
¿Qué gastos entran exactamente en la deducción? La norma incluye la vacunación, la desparasitación y otros tratamientos obligatorios según la normativa andaluza, así como la esterilización cuando sea obligatoria conforme a la legislación de protección animal.
Bienestar animal, salud pública e inclusión social como objetivos de la deducción andaluza
La Junta de Andalucía vincula esta deducción con la mejora del bienestar animal y la salud pública, al facilitar los tratamientos veterinarios obligatorios. Además, destaca su dimensión social: favorece la adopción y reconoce el papel de los perros de asistencia y de aviso en la vida de personas con discapacidad, con trastornos del espectro autista o con enfermedades que requieren apoyo permanente y en la protección de las víctimas de violencia de género. La siguiente tabla resume los plazos de aplicación.
| Animal | Plazo deducción | Notas |
| Mascota comprada | 1 año desde compra | Compra desde 1-1-2025 |
| Mascota adoptada | 3 años tras adopción | Refuerza adopción responsable |
| Perro asistencia o aviso | Mientras viva con contribuyente | Incluye víctimas violencia de género |
En todos estos casos, garantizar los cuidados veterinarios protege a los animales y mejora la calidad de vida de quienes dependen de ellos. En definitiva, la deducción andaluza combina alivio económico e incentivo social para que más hogares mantengan al día la salud de sus animales.







