Seguridad Social concede hasta 5 años de cotización extra a mujeres por parto y cuidado de hijos

La Seguridad Social concede hasta 112 días por parto y 270 por el cuidado de hijos, con un máximo de 5 años de cotización ficticia. Descubre quién puede beneficiarse de esta medida y cómo solicitarla.

El reconocimiento de hasta 5 años de cotización a las mujeres que hubieran dado a luz o que se vieran obligadas a interrumpir su vida laboral por el cuidado de hijos puede convertirse en un factor decisivo a la hora de calcular la pensión de jubilación. ¿Te interesa saber más? A través de las denominadas “cotizaciones ficticias”, la Seguridad Social compensa a las madres que no han podido cotizar de forma efectiva durante parte de su carrera laboral, de modo que no vean mermada su futura prestación.

¿Quién puede beneficiarse de estas cotizaciones ficticias?

Las cotizaciones ficticias, reguladas en el artículo 235 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), están destinadas a quienes dejaron de trabajar temporalmente tras ser madres o por el cuidado de menores. Con esta figura legal, es posible sumar hasta 1.825 días de cotización (5 años) si se cumplen los siguientes supuestos:

  • 112 días adicionales por cada parto (14 más por hijo a partir del segundo en caso de parto múltiple).
  • 270 días por el cuidado de cada hijo o menor adoptado, siempre que se haya producido un parón laboral.

Estos periodos compensan a las mujeres que no cotizaron en las 16 semanas posteriores al parto o durante el tiempo que dedicaron al cuidado de los hijos, asegurando que su jubilación no se vea perjudicada. En consecuencia, se protege la carrera laboral de las madres que se ausentaron del mercado laboral para atender a su familia.

Procedimiento para solicitar los días de cotización en la Seguridad Social española

Para formalizar el reconocimiento de los días de cotización ficticia, es necesario dirigirse a los organismos de la Seguridad Social. Por lo general, basta con iniciar el trámite de jubilación y presentar la documentación que acredite los nacimientos, adopciones o las situaciones de cuidado. ¡Ojo con los plazos! Se recomienda presentar toda la información con antelación para evitar retrasos en la resolución.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que estas cotizaciones ficticias pueden emplearse para alcanzar el periodo de carencia necesario (los años mínimos exigidos para tener derecho a la pensión) o para conseguir la edad de jubilación ordinaria. Concretamente, si no se trabajó durante las semanas posteriores al parto o durante la etapa de crianza, estos días se sumarán a la vida laboral, potenciando el derecho a la pensión. No obstante, es fundamental acreditar que no existió cotización efectiva durante ese tiempo.

Si te preguntas qué documentación presentar, aquí tienes un listado básico:

  1. Libro de Familia o certificación del Registro Civil.
  2. Informe de vida laboral, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  3. Justificante de la interrupción laboral, si procede (por ejemplo, baja en la Seguridad Social).
  4. Solicitud oficial de jubilación, que incluya el apartado específico para las cotizaciones ficticias.

Tras revisar y validar los documentos, la Seguridad Social comunicará si el reconocimiento de los días adicionales procede y cuántos días se acreditan finalmente.

Cómo funciona el complemento para reducir la brecha de género en 2025 y qué cuantías se aplican

Además de las cotizaciones ficticias, el sistema contempla un complemento para reducir la brecha de género, destinado a las personas que se han visto perjudicadas en su vida laboral por el cuidado de los hijos. Tanto madres como padres pueden solicitarlo, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos, y su objetivo es mejorar la cuantía de la prestación para quienes tuvieron que interrumpir o reducir su actividad.

A continuación, se muestra una tabla orientativa con las cuantías previstas para 2025, que se abonan en 14 pagas:

Número de hijosCuantía mensualCuantía anual
135,90 €502,60 €
271,80 €1.005,20 €
3107,70 €1.507,80 €
4143,60 €2.010,40 €

Este complemento se suma a la base de la pensión contributiva, representando un alivio para las familias que han acumulado brechas en su historial de cotizaciones. Por tanto, conviene solicitarlo junto con la prestación de jubilación para evitar demoras en el pago.

Puntos que toda trabajadora a tiempo parcial debe conocer hoy sobre estas ayudas de la Seguridad Social

¿Trabajas a media jornada y temes perder derechos? Tranquila. La legislación establece que, a efectos de las cotizaciones ficticias por parto, las mujeres que hayan trabajado a tiempo parcial verán computadas sus semanas como si hubieran cotizado a jornada completa. Sentencias del Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo confirman que estos periodos no pueden reducirse mediante coeficientes, asegurando una protección total a quienes desempeñan empleos parciales.

Por ello, aunque hayas trabajado menos horas, seguirás disfrutando de la ventaja de sumar los días de cotización que te corresponden por haber sido madre o cuidadora principal, con el fin de alcanzar los requisitos de jubilación y optimizar la cuantía de tu pensión.

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