Seguridad Social explica los convenios especiales que permiten seguir cotizando sin trabajar

A través de los convenios especiales, se pueden seguir sumando cotizaciones, incluso sin estar en activo, protegiendo así la futura prestación de jubilación.

El sistema de pensiones en España tiene muy en cuenta la totalidad de cotizaciones acumuladas y las bases de cotización elegidas a lo largo de la vida laboral. Muchas personas, especialmente cerca del momento de jubilarse, buscan estrategias para no perder derechos y evitar una reducción en su futura pensión. Por eso, la Seguridad Social recuerda que existe una opción poco conocida: los convenios especiales, que permiten seguir cotizando sin la necesidad de tener un empleo en ese momento.

Cómo suscribirse a los convenios especiales con la Seguridad Social para continuar cotizando sin actividad laboral

Estos convenios suponen un acuerdo voluntario entre el trabajador y la Tesorería General de la Seguridad Social. Gracias a ellos, es posible cotizar de forma independiente, asumiendo el pago de las cuotas mensuales. ¿Qué beneficio tiene? Mantener los derechos a futuras prestaciones, como la de jubilación o, incluso, las coberturas por incapacidad. Dicho de otro modo, si alguien deja de trabajar y no desea ver mermada su pensión, puede seguir aportando por sí mismo.

Además de la jubilación, estos convenios incluyen contingencias como la incapacidad permanente o la supervivencia por enfermedad común o accidente no laboral. ¿Te interesa saber más? Veamos los requisitos para acceder.

Requisitos y situaciones específicas para acogerse a un convenio especial en 2025

Para suscribir uno de estos convenios, es preciso haber cotizado 1.080 días en los 12 años anteriores a la baja en el régimen de la Seguridad Social. Asimismo, la persona debe hallarse en una de las siguientes circunstancias:

  1. Haber cesado en el trabajo sin estar de alta en ningún régimen ni ser pensionista.
  2. Ser trabajador indefinido o autónomo con 65 años o más y al menos 35 años de cotización.
  3. Estar en pluriempleo o pluriactividad y cesar en alguna actividad.
  4. Tener un contrato nuevo con base de cotización inferior a la de los últimos 12 meses.
  5. Ser pensionista de incapacidad permanente total que ha cesado en su empleo.
  6. Haber agotado prestaciones o subsidios de desempleo.
  7. Haber sido declarado capaz tras una incapacidad permanente.
  8. Haber anulado o extinguido la pensión por sentencia o cualquier otra causa.
  9. Causar baja en el régimen tras solicitar pensión y que esta sea denegada.

Este abanico de situaciones cubre diversos supuestos, de ahí que resulte recomendable consultar cada caso específico para asegurarse de cumplir los requisitos.

Tabla con bases de cotización y porcentajes aplicables en 2025

A continuación, se muestra una tabla resumen con las opciones de base y los porcentajes de cotización:

Tipo de base de cotización (2025)Porcentaje sobre la baseCoeficiente reductor (posterior a 1998)Coeficiente reductor (anterior a 1998)
Base máxima (cotizada al menos 24 meses en últimos 5 años)28,30%0,940,77
Base promedio de los últimos 12 meses28,30%0,940,77
Base mínima RETA (si no supera la base mínima vigente a 31/12/2022)28,30%0,940,77
Cualquier base entre la mínima y la máxima aplicables al solicitante28,30%0,940,77

Por otro lado, hay que añadir el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). En 2025, se aplicará un 0,80% extra sobre la base elegida, porcentaje que irá aumentando hasta el 1,2% en 2030.

Pasos esenciales para solicitar y formalizar el convenio especial de cotización voluntaria

La tramitación se hace mediante la presentación del modelo TA-0040. Este formulario debe entregarse en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o, si se prefiere el método digital, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Es fundamental contar con certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve permanente para completar la gestión de forma telemática.

Se recomienda cerciorarse de que se aportan todos los documentos requeridos, puesto que un error puede retrasar la aprobación del convenio. Ojo con los plazos: cumplir cada requisito correctamente agiliza la firma y asegura una mayor protección de cara a la jubilación.

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