Revisa tu nómina, lo dice el BOE: si trabajas a jornada completa y ganas menos de 1.424 euros te tienen que subir el sueldo ya

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Publicado por Infoemplea2
Fecha de publicación: 17 de marzo de 2026 a las 17:00
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Nómina con salario base de 1.424,00 euros tras la subida del salario mínimo en 2026
La subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2026 ya está publicada en el BOE y obliga a ajustar nóminas, con efectos retroactivos desde el 1 de enero.

El Gobierno ha aprobado la subida del SMI y la ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) mediante el Real Decreto 126/2026, fijando el mínimo en 1.221 euros al mes en 14 pagas. Con estas cifras, el abogado laboralista Andrés Millán, conocido como “LawTips”, recuerda a quienes lo cobran que “si ganas menos de 1424 € en 12 pagas a jornada completa, te tienen que subir el sueldo ya en enero”, una situación que muchos trabajadores pueden revisar con ayuda de un experto en derecho laboral, lo que permite comprobar posibles irregularidades y actuar a tiempo.

Qué salario mínimo fija el BOE en 2026 y cómo se cobra en nómina

El BOE confirma el nuevo SMI para cualesquiera actividades en 1.221 euros al mes cuando se percibe en 14 pagas. Esto significa que, si el trabajador tiene las pagas prorrateadas, la cuantía bruta mensual pasa a ser de 1.424,50 euros.

La norma especifica que estas cuantías suponen un incremento del 3,1% respecto a las vigentes el año anterior. Y ojo, porque el SMI se refiere a la jornada legal de trabajo en cada actividad: si la jornada es inferior, se cobra a prorrata.

Para verlo de un vistazo, estas son las cifras recogidas:

SituaciónCuantía mínima
SMI mensual en 14 pagas1.221 euros/mes
SMI mensual con pagas prorrateadas (12 pagas)1.424,50 euros/mes
Empleados de hogar por horas9,55 euros/hora
Eventuales y temporeros (hasta 120 días)57,82 euros/jornada

En consecuencia, revisar la nómina este mes no es mala idea: puede haber diferencias importantes según cómo se cobren las pagas.

Si trabajas a jornada completa y cobras menos del mínimo, toca reclamar atrasos

Aquí viene la pregunta clave: ¿trabajas a tiempo completo y tu nómina está por debajo de lo fijado? Si es así, el propio texto recuerda que cualquier trabajador que vea una cifra inferior a la estipulada deberá reclamar los atrasos correspondientes a su empresa.

Para orientarte sin liarte, conviene comprobar estos puntos:

  • Revisar si estás a jornada completa o con jornada inferior (para aplicar o no la prorrata).
  • Confirmar si cobras en 14 pagas o con pagas prorrateadas.
  • Comparar tu bruto mensual con 1.221 euros (14 pagas) o 1.424,50 euros (12 pagas).
  • Reclamar a la empresa la diferencia generada desde el 1 de enero.

Dicho de forma sencilla: si no cuadra, hay dinero pendiente.

La subida del SMI en 2026 se aplica con efectos retroactivos desde enero

Una de las dudas más repetidas es cuándo se hace efectiva la subida. Según explicaba Millán en su análisis, “cuando se apruebe será con efectos retroactivos”, y el real decreto establece que surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.

¿Y cómo se cobra ese extra? El abogado lo resume así: “cobres lo que cobres ahora en enero, en febrero, si tardas mucho”, luego “tu empresa te tiene que pagar la diferencia con lo que se establezca finalmente”. Es decir, las empresas deberán abonar una paga compensatoria o incluir el concepto de atrasos en la siguiente nómina para cubrir lo generado desde el 1 de enero.

Cuánto deben cobrar empleados de hogar y temporeros según el Real Decreto 126/2026

El real decreto también fija importes para colectivos con reglas específicas. En el caso de las empleadas y empleados de hogar que trabajen por horas, el mínimo queda en 9,55 euros por hora efectivamente trabajada. Para eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días, se fija un mínimo de 57,82 euros por jornada legal.

Además, conviene recordar que el Estatuto de los Trabajadores blinda estas cuantías al establecer que el SMI es inembargable en su cuantía, tanto anual como mensual.

La medida vuelve a situar el foco en el control efectivo de las condiciones salariales y en la capacidad de los trabajadores para reclamar sus derechos. Más análisis sobre este tipo de cuestiones en nuestra sección de actualidad, donde repasamos otras decisiones políticas, cambios normativos y su impacto en la ciudadanía.

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